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  • El abogado de la entidad verdiblanca reclamaba una minuta de 356.916 euros, que luego redujo a 122.350
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El titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santander ha estimado parcialmente la demanda del abogado del Real Racing Club de Santander durante los años 2012 y 2013 y ha condenado a la entidad deportiva a que le abone un total de 83.834 euros en concepto de minuta.

En una sentencia notificada hoy, el juez reduce la pretensión del letrado, quien inicialmente solicitaba un montante de 356.916 euros y posteriormente dejó en 122.350 euros.

La resolución detalla los distintos conceptos por los que el letrado reclamaba el pago al Racing, al tiempo que explica las razones de la entidad para rechazarlas.

Fundamentalmente, el club argumenta que el abogado era el secretario y asesor jurídico del consejo de administración y, “a la postre, gestor de facto del club”.

Además, añade la entidad que durante el periodo de 18 meses al que se refiere su reclamación, cobró cerca de 290.000 euros, y entabló procedimientos administrativos y judiciales diversos “absolutamente innecesarios y temerarios, cuando no totalmente antieconómicos”.

Sin embargo, el juez rechaza la idea de que el letrado “fuera un administrador de facto de la sociedad demandada”, ya que “por mucha relevancia” que su opinión tuviera en el consejo de administración, “era el consejo y no él quien administraba la sociedad y tomaba las decisiones correspondientes”.

Además, señala el magistrado que hay que distinguir dos tipos de funciones desempeñadas por el demandante: la de secretario del consejo y la de letrado que prestó servicios profesionales.

“El demandante por los servicios profesionales que como letrado ha realizado para la entidad demandada al margen de su labor de secretario y asesor del consejo tiene derecho a obtener la correspondiente retribución al existir un contrato de arrendamiento de servicios que así lo justifica”, señala la sentencia.

En este sentido, repasa uno por uno los conceptos reclamados y estima que sí le son debidos, entre otros, los honorarios reclamados por la solicitud de cese de la administración concursal, la oposición a la convocatoria de las juntas o la asistencia a la comisión seguimiento del convenio con el Gobierno de Cantabria por el que el Racing recibía una subvención de dos millones de euros anuales.

En total, la cantidad que el club deberá abonar al letrado en concepto de honorarios asciende a 83.834 euros.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria

 




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