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El delito de hurto multireincidente, es un tipo que se encarga de perseguir a aquellas personas que a pesar de realizar hurtos de pequeño importe, lo hacen de forma asidua. Los abogados del departamento penal del despacho Català Reinón Abogados nos informan que en el verano del 2022, concretamente el 29 de agosto de 2022, entró en vigor la modificación del Código Penal incluida en la disposición adicional sexta de la L.O. 9/2022 de 28 de julio, para tratar la problemática existente en referencia con los delitos leves de hurto tipificados en el artículo 234.2 del Código Penal. El delito leve de hurto viene determinado por la cuantía, debiendo ser inferior a 400€ para considerarse “leve”.

Los delitos leves de hurto son aquellos consistentes en la sustracción -sin emplear violencia o intimidación- de bienes muebles ajenos tal y como define el 234.1 CP (este artículo será aplicable en delitos de +400€): “El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros”.

Las penas a las que se enfrentan los reos de un delito leve de hurto son a multas de 1 a 3 meses. El problema, tal como nos explican los abogados penalistas de Català Reinón Abogados,  antes de la reforma es que si eras un delincuente podías multireincidir puesto que como las penas no eran de prisión, era imposible que ingresaras en un centro penitenciario. Ahora, con la nueva regulación, en los casos de multireincidencia se va acumulando el monto de lo sustraído y, en caso de que el referido supere los 400€, podrá solicitarse la pena de prisión de 6 a 18 meses contenida en el 234.1 CP.

Tras la reforma, el legislador soluciona un problema grave de reincidencia delictiva en el hurto puesto que antes de la referida era imposible cumplir pena de banquillo y, tras la misma, sí será posible para delincuentes de esta clase.




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