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Pamplona, 8 sep (EFE).- La arrendadora de un piso en Pamplona ha sido condenada a 4 años de prisión por cambiar la llave de la cerradura sin conocimiento ni permiso de la inquilina, a la que dejó en la calle con su hijo de 8 meses de edad y sin sus enseres y pertenencias.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 4 años de prisión en total impuesta en abril por la Audiencia Provincial. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, asume los hechos considerados probados en aquel momento, informa el TSJN.

Así, el 7 de marzo de 2019, la acusada suscribió un contrato de arrendamiento de una vivienda ubicada en el Casco Antiguo de Pamplona, con vigencia desde el 10 de marzo de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020, y que fue prorrogado por dos años.

El 31 de marzo de 2021, la procesada comunicó a la arrendataria su deseo de no renovar el contrato para reformar el inmueble, a lo que la arrendadora respondió que permanecería en el mismo, pagando el alquiler, hasta que no encontrara una nueva vivienda para ella y su hijo de 8 meses.

El 7 de junio, sin el consentimiento ni el conocimiento de la inquilina, que continuaba habitando en la vivienda, acudió al inmueble con un cerrajero y cambió la cerradura.

Cuando la mujer y su hijo menor llegaron, no pudieron acceder. Se vieron “en la calle y sin sus pertenencias” y, así, según recoge la sentencia, la encausada consiguió que el inmueble quedara vacío.

Además, el 11 de junio se empadronó en dicho piso y dio de baja en el padrón municipal a la arrendataria y a su hijo.

A todo ello se suma que tras acceder a la vivienda, se apoderó e hizo suyos todos los enseres de la inquilina y su hijo. Entre otras pertenencias, en la vivienda había un ordenador portátil, una televisión, una cámara de fotos, joyas y enseres del bebé, así como objetos del ajuar doméstico.

La inquilina interpuso una denuncia en el Juzgado de Guardia el 8 de junio y solicito que le entregara sus pertenencias y el 15 de junio, a petición de una trabajadora social del Casco Antiguo, la acusada, delante de dos agentes de Policía Municipal, le entregó dos maletas con ropa y documentos.

Sin embargo, según se indica, no le dio el resto de pertenencias como fotografías y documentación, ropa de la mujer y su bebé, juguetes del niño, joyas y enseres del bebé, todos ellos con un valor pericial superior a 400 euros.

El 16 de julio, el abogado de la procesada entregó al letrado de la víctima un cambiador de bebé, un andador, una manta para silleta, una bañera, un saltador para poner en la puerta, una raqueta y una tabla de planchar, objetos propiedad de la inquilina y que se encontraban en el interior de la vivienda el 7 de junio. El resto, según la sentencia, no se lo devolvió.

Por estos hechos, la inculpada fue condenada a 2 años de prisión por un delito de coacciones y otros 2 por un delito de hurto agravado. Le impuso asimismo el abono de dos indemnizaciones, 6.000 euros por los daños morales y 4.819 por los objetos sustraídos y no recuperados.

La encausada recurrió ante el Tribunal Superior que determina la existencia de un delito de coacción impeditiva del legítimo disfrute de la vivienda, tras haber cambiado la acusada la cerradura; y en segundo lugar, de un delito de hurto agravado, que situó a la víctima y a su hijo en grave situación económica tras haberse apoderado de todos los objetos y enseres que se encontraban en el interior del domicilio.




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