“El tratamiento del menor está plenamente justificado dado su estado y evolución y se ajusta a los requisitos que exige el Comité de Protocolos, por lo que debe mantenerse el criterio y el derecho del actor a percibir las cantidades y conceptos reclamados”, comenta María Teresa Herrero, abogada que ha conseguido esta resolución.
A pesar de la negativa del Comité, las especialistas que trataban al menor iniciaron el tratamiento con hormona de crecimiento, que fue sufragado en su totalidad por los padres del paciente.
La letrada añade que “son los facultativos los que han de prescribir los tratamientos médicos y farmacológicos que estimen oportunos, y siendo estos prescritos, acordes con los criterios de racionalidad, y no estando excluida su financiación por el sistema público de salud, han de estar cubiertos por éste, independientemente de su aprobación o no por comités asesores de ciertos medicamentos”.
La sentencia ya es firme puesto que Sacyl no ha formalizado recurso.
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