La sentencia recoge el veredicto emitido por un jurado popular y aplica al reo las agravantes de parentesco y abuso de superioridad, pero también una eximente incompleta de alteración psíquica. El homicida sufría en el momento de cometer el crimen un funcionamiento intelectual límite, próximo a la oligofrenia leve, así como un trastorno de personalidad caracterizado por un escaso control de los impulsos ante situaciones de estrés ambiental.
Los hechos ocurrieron el 22 de junio de 2017 en el domicilio familiar, ubicado en la ciudad de Valencia, cuando el penado, de 35 años, atacó a su padre, de 73 y aquejado de una grave enfermedad que le obligaba a permanecer sondado, entre otras limitaciones.
Según recoge la resolución, el acusado, que estaba muy “airado” por el modo en que su padre “trataba últimamente a su madre”, alzó a su progenitor del sillón donde se hallaba sentado, lo lanzó contra una mesa y lo tiró al suelo.
A continuación, trató de matarle con un cuchillo de tipo japonés, pero no lo consiguió por la oposición de la víctima y el escaso filo del arma. Acto seguido, arrastró a su padre hasta otra estancia, le dio una patada en la cabeza y lo degolló utilizando otro cuchillo.
La Audiencia de Valencia ha impuesto también al condenado una medida de libertad vigilada durante cinco años que deberá cumplir con posterioridad a la pena de prisión. La sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
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