Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en la que fueron condenados por homicidio imprudente los padres de una bebé muerta por desnutrición a los tres meses de nacer. El Supremo ordena al TSJ andaluz que dicte una nueva sentencia en la que se subsanen las contradicciones apreciadas entre los hechos probados y los argumentos recogidos en la fundamentación jurídica.
La sentencia del Supremo responde a un recurso interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia del Tribunal Superior de Andalucía, que estimó parcialmente el recurso de los padres y redujo su condena de los 20 años de prisión que había establecido un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Málaga, a los 4 años.
El TSJ les consideró culpables de un delito de homicidio imprudente, frente a la calificación de la sentencia de la Audiencia de Málaga, que estimó que cometieron un asesinato (con alevosía por desvalimiento).
El Supremo ha estimado que existen contradicciones entre los hechos probados de la sentencia recurrida y argumentos recogidos en los fundamentos jurídicos, por lo que debe dictarse una nueva sentencia por el TSJ andaluz.
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