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  • El matrimonio acababa de retomar la relación y el que fuera pareja de la mujer agredió con un cuchillo al exmarido de aquella
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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a siete años de cárcel a un hombre por agredir con un cuchillo al exmarido de quien había sido su pareja y causarle tales heridas que podría haber fallecido si no fuera por la rápida intervención médica.

El tribunal considera al hombre autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y le condena además a alejamiento y prohibición de comunicación con el agredido durante diez años, así como al pago de una indemnización de 10.000 euros para éste y otros 3.000 euros al Servicio Cántabro de Salud por los gastos ocasionados durante la hospitalización de la víctima.

Según el relato de hechos, el acusado se encontraba “seriamente enemistado” con el exmarido de quien había sido su pareja.

Conociendo que la mujer había retomado días antes la relación con su excónyuge y que ambos se encaminaban a la vivienda de este último, el ahora condenado accedió al inmueble, cuya puerta se encontraba abierta, y se abalanzó sobre su víctima.

La sentencia continúa señalando que se inició una discusión en el transcurso de la cual el agresor “haciendo uso de un cuchillo de doce centímetros y medio de hoja que portaba le asestó múltiples golpes con el arma que alcanzaron el cuerpo” del otro hombre.

Entre las lesiones, el agredido sufrió herida en la zona axilar que le causó problemas pulmonares e importante sangrado que, según la resolución, “conllevó riesgo vital” ya que la herida era “susceptible de causarle la muerte si no hubiera sido asistido médica y quirúrgicamente de inmediato”.

Además, el herido recibió cortes en un antebrazo, una mano, el codo, la fosa ilíaca y ambas piernas.

Negó que hubiera tocado el cuchillo

El tribunal no ha creído la versión del agresor, quien manifestó en juicio que el exmarido de quien había sido su pareja tenía arrinconada a la mujer y, según dijo, fue aquel quien al verle subió las escaleras hasta la vivienda, cogió un cuchillo y tras forcejear ambos el mismo que portaba el cuchillo se lo clavó en la axila. Dijo el acusado que no tocó el arma en ningún momento.

Sin embargo, la Audiencia se apoya en los médicos forenses, que “descartaron con rotundidad la posibilidad apuntada por la defensa” de que fuera la propia víctima la que se causara así misma las heridas.

“El hecho de que parte de las heridas estuviesen en el lado izquierdo del cuerpo y las otras en el lado derecho exigiría que incluso la víctima hubiese cambiado el cuchillo de mano”, y añadieron que “es muy poco probable que por una caída o durante un forcejeo se hubiese podido clavar así mismo el cuchillo en la axila”.

En el juicio también estaba acusado el otro hombre, por heridas en la mano que presentaba el ahora condenado.

La Audiencia le absuelve del delito leve del que venía siendo acusado ya que “no ha quedado probado en qué forma se causó la pequeña lesión ni por quien, ya que se las pudo causar él mismo con el cuchillo o, en cualquier caso, podrían ser defensivas”.

Esta sentencia no es firme, ya que ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.




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