Carpeta de justicia

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  • La Audiencia de Valencia le impone además una indemnización de 8.340 euros por las lesiones que sufrió la víctima. Le golpeó la cabeza con una botella y contra un escalón, le clavó cristales por todo el cuerpo y la intentó asfixiar con un cojín.
  • La sentencia es fruto del acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, la defensa y la acusación particular

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres años y medio de prisión por un delito de tentativa de homicidio, para el que contempla las atenuantes de embriaguez y alteración psíquica a un hombre que intentó matar a una quiosquera el 4 de noviembre de 2020 en Alzira. 

El penado no podrá acercase a menos de 500 metros ni comunicarse con la víctima durante siete años. La sentencia, dictada después de que las partes -Fiscalía, defensa y acusación particular- llegaran a un acuerdo respecto de la calificación de los hechos y la pena, impone también al condenado una indemnización de 8.340 euros por las lesiones y las secuelas que sufrió la perjudicada. 

Los hechos sucedieron el 4 de noviembre de 2020 en el interior del establecimiento, cuando el procesado golpeó a la víctima en la parte trasera de la cabeza con una botella, después de que ella le pidiera que abandonara el comercio. A continuación, siguió lanzándole botellas hasta que cayó al suelo, lo que aprovechó para golpearle la cabeza contra un escalón. 

Posteriormente, le clavó varios cristales de las botellas rotas en diferentes partes del cuerpo y le tapó la cara con un cojín con la intención de ahogarla. El hombre no consiguió su objetivo debido a la resistencia que mostró la víctima, que forcejeó con él hasta que llegó la Policía Nacional y detuvo al agresor. 

La agredida, de 54 años, necesitó asistencia sanitaria urgente para suturar las heridas que tenía en la cabeza, en la espalda y en el cuello. Además se rompió un dedo de la mano izquierda, entre otras lesiones, de las que tardó 40 días en curar. 

El condenado sufre un trastorno de personalidad y estaba en tratamiento psiquiátrico, y en el momento de los hechos había consumido bebidas alcohólicas. La sentencia es firme y no puede recurrirse.




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