Carpeta de justicia

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A partir del 1 de enero de 2023 los contribuyentes deberán declarar las criptomonedas que posean y el valor en euros de las mismas, según se recoge en el borrador del Real Decreto que desarrollará la Ley Antifraude que está en trámite de audiencia pública y al que se pueden presentar alegaciones hasta el 8 de julio. La información que deberán presentar será la referida al año inmediatamente anterior.

Esta obligación afectará a las personas y entidades que posean estos activos, así como a las empresas de compra e intercambio de estas monedas, empresas que guardan las claves criptográficas o las que creen nuevas monedas. El texto también incluye la obligación, tanto para titulares como beneficiarios y autorizados, de informar acerca de las monedas virtuales situadas en el extranjero.

La valoración del saldo podrá hacer de dos formas: con la cotización media de la moneda a 31 de diciembre o a través de mecanismos de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual. También deberá darse cuenta de las operaciones realizadas con estos activos.

La obligación de declarar estos activos deberá cumplirse entre el 1 de enero y el 31 de marzo, a través del modelo que publicará la Agencia Tributaria. Quienes posean monedas virtuales por un valor conjunto máximo de 50.000 euros estarán exentos de esta obligación. La presentación de la declaración en los años sucesivos solo será obligatoria cuando el saldo conjunto hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de la última declaración.

En ‘Los Desayunos de TVE’ la ministra de Hacienda, Mª Jesús Montero, ha recalcado la necesidad de regular este producto financiero para evitar “fraudes” y “efectos indeseables” en la economía.




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