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El pasado viernes 29 de septiembre, la Asociación de Clubes y Entidades Deportivas y Recreativas (ACEDYR), celebró una nueva jornada de trabajo dirigida a los gerentes de los más de 40 centros deportivos que representa en toda España, y que tuvo lugar en la sede de uno de sus asociados, del Club Deportivo Mediterráneo, ubicado en la Ciudad Condal.

La jornada, que abordó distintos campos de la gestión de las organizaciones deportivas, tuvo su momento para abordar temas relacionados con la gestión legal de los clubs deportivos, momento para la exposición de los abogados de Gros Monserrat Abogados.

Durante una hora, Francesc Costa, socio de Gros Monserrat Abogados, y Juan Luis Contreras, abogado de la firma, pusieron el foco en diversos aspectos de la actualidad legal que afecta a las organizaciones de este tipo.

En primer lugar, en la importancia de obtener la declaración de utilidad pública para las organizaciones de este tipo.

La declaración de utilidad pública es el reconocimiento administrativo de que una asociación está constituida para asumir una finalidad de interés general.

Dicho reconocimiento, confiere ventajas y derechos a las entidades que lo obtengan:

1.- Usar la mención declarada de utilidad pública en toda clase de documentos, a continuación de su denominación.

2.- Disfrutar de las exenciones y beneficios fiscales que las leyes reconocen a favor de las mismas, en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente, en especial, por aplicación de la Ley 49/2002, de Régimen Jurídico de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

En segundo lugar, cómo salvaguardar el buen funcionamiento de los clubs: el establecimiento y desarrollo de programas de Corporate Compliance.

Con motivo de la Reforma del Código Penal operada a través de la LO 5/2010, y su última modificación mediante la LO 1/2015, se estableció en el panorama empresarial nacional, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, la responsabilidad de las personas físicas por los delitos cometidos por sus trabajadores y/o proveedores, en el caso de que la organización esté obteniendo beneficio directo o indirecto con ello, y no se hayan tomado medidas por parte de la misma para su prevención. Por tanto, se hace necesario establecer medidas de autorregulación en las organizaciones, mediante normas de comportamiento que garanticen el buen funcionamiento de las mismas.

Por último, el nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos, cuya entrada en vigor está prevista para mayo de 2018. Este nuevo Reglamento pretende garantizar en la Unión Europea que la aplicación de las normas de protección de los derechos y libertades de las personas, en relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, es coherente y homogéneo respecto de las normativas vigentes en los países de la Unión Europea. Todo para facilitar el control a los ciudadanos interesados sobre su información privada.




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