Carpeta de justicia

LawAndTrends



Por Amancio Plaza y Esperanza Buitrago.

Siempre que existe una gran transformación social, jurídica o tributaria se abren escenarios de oportunidad de desarrollo profesional, al tiempo que, probablemente, se cierren otras posibilidades más del “antiguo régimen”. De hecho, no paramos de hablar de la “Cuarta Revolución Tecnológica” y el enorme impacto de la automatización sobre el empleo.

La globalización y la digitalización han dinamitado los esquemas de reparto del “pastel fiscal” entre los países, y más trascendental, han puesto al descubierto los inmensos vacíos que existían...Porque en el ámbito de la “fiscalidad internacional directa" (la indirecta es otra cosa) hay dos grandes líneas fuerza, de desarrollo sucesivo en los últimos años. Primero los Estados, con el apoyo de instituciones internacionales (destacadamente la OCDE) se preocupan por eliminar las barreras al comercio internacional y al desarrollo, promoviendo los convenios para evitar la doble imposición. Es de notar, sin embargo, que una de las grandes debilidades de estos mecanismos radicaba en haber sido redactados desde “el primer mundo” para proteger los intereses de sus empresas; a los países en desarrollo, importadores de capital, necesitados de él, también les podía haber interesado este modelo. Nada de eso está en vigor ya..., geoestratégicamente hablando.

Pero, en efecto, la primera línea fuerza era “evitar la doble imposición”.

Ahora, lo que prima es la “segunda línea de fuerza”, la de evitar la “doble no imposición” y el desvío de bases imponibles y beneficios a países de baja o nula tributación... En efecto, la globalización económica y la operativa de las multinacionales, entidades realmente globales, con prácticas agresivas de ahorro de impuestos modificaron el escenario. Añadido, claro, el relevante dato de una crisis fiscal galopante en los Estados, una crisis de deuda terrible. Ello conduce una ofensiva contra la "planificación fiscal agresiva", que es lo que ahora ocupa la agenda fiscal internacional (el proyecto BEPS de la OCED y el G-20, y las medidas coordinadas de distintas entidades, incluida la UE; o incluso las medidas unilaterales de distintos Estados, Reino Unido o Australia -Diverted Profit Tax-).

La cuestión es que los impuestos son locales, la soberanía de los Estados es nacional, pero la economía es global y los operadores económicos son multinacionales, y muy poderosos.

Luego, los impuestos son "cifras muy importantes" y condicionan la competitividad de cualquier operador. Un tipo impositivo del 35 por 100 sobre los beneficios..., ¡condiciona, por supuesto, la política de inversión o I + D, o los planes de expansión, o la capitalización intentando captar nuevos socios en bolsa?

No vamos a insistir en que el debate social global sobre impuestos está manipulado por un maniqueísmo enfermizo: hay unos buenos, los Estados, y unos malos, las multinacionales. Y este punto de partida no se sostiene, más que como una campaña de comunicación agresiva de defensa de los intereses políticos del “establishment”: se oculta la incapacidad de los Estados para hacer frente al nuevo marco de relaciones económicas global, entre otras carencias. Las multinacionales pueden utilizar en su beneficio las lagunas del sistema, pero ¿quién es responsable ante los ciudadanos de la existencia de estas lagunas?

Dejando esto a un lado, lo que resulta indudable es que la sociedad, y los Estados y las empresas, especialmente las empresas en lo que ahora nos atañe, están poniendo el foco en las exigencias de la fiscalidad internacional. La posición del asesoramiento fiscal en las grandes corporaciones se convierte ahora en algo estratégico, no simplemente técnico.Por ej., hace una década la estrategia de planificación fiscal era “sencilla”, en el sentido de que los vectores axiológicos eran claros: pagar la menor cantidad posible de dinero en impuestos, dentro de la Ley. Y la medida del éxito de esta estrategia se publicada para los inversores en la documentación oficial de la compañía.

Hoy las cosas son más difíciles. Google acaba de pactar con Reino Unido la cantidad de impuestos a pagar en este país por los últimos 10 años; y Facebook, al tiempo, publicaba una modificación en su estrategia comercial para “pagar más impuestos en el Reino Unido”. El CEO de Apple, Tim Cook, tuvo que comparecer en un Subcomité del Senado, donde tuvo que escuchar de todo “menos bonito”, en relación con las estrategias de planificación fiscal agresiva de la compañía con el bocadillo doble o  “Double Irish”. Starbucks acaba de responder a la decisión de la Unión Europea calificando como Ayuda de Estado (prohibida por la normativa comunitaria) su posición fiscal en Holanda.

Así, las cuestiones fiscales de las compañías ya no son solo una “cuestión de dinero”. Los compradores, los consumidores, los inversores, las instituciones, están al acecho y el propio “cuore” del negocio, basado en la “marca” y la “propiedad inmaterial” y las “adhesiones sentimentales” de los usuarios..., pueden estar en juego, además de la manipulación entre lo ético y lo jurídico, la moral y el derecho.

La fiscalidad internacional y el papel del asesor fiscal internacional se sitúan ahora en el centro de la política estratégica de la compañía, han subido varios escalones de rango: el asesor fiscal ya no es solo un subordinado secundario del director financiero. Y los equipos de asesores fiscales tendrán un papel cada vez más relevante, por las implicaciones de compliance y la repercusión pública de sus actuaciones y recomendaciones.

En conclusión, es evidente ya que los retos que la fiscalidad internacional presenta tanto para los Estados como para los contribuyentes han venido creciendo desmesudaradamente en los últimos años. No solo se cuestionan las estructuras tributarias de las transacciones nacionales y transfronterizas, también los diferentes mecanismos de competencia fiscal de los Estados. En un momento en el que el escenario parece el de ruptura abrupta de los paradigmas que regían la tributación durante varias décadas, con tendencia a mayor coordinación y cohesion internacional de las reglas tributarias de las transacciones transfroterizas  internacionales pero mucha inseguridad para los contribuyentes, surge una oportunidad profesional, porque surge una necesidad social evidente.

Por supuesto, es un honor poder compartir estas reflexiones, máxime cuando el debate “virtual” puede ser complementado con el debate “cara a cara”, este mismo año, en Bruselas. Preparando unas líneas para debatir en la Universidad de Maastricht dentro de un par de meses, hemos creído conveniente hacer públicas estas reflexiones e invitar a cualquier interesado a contactar con la organización. ¡Nos vemos en Bruselas!

 

(Maastricht University, Maastricht Center for Taxation, Curso de Postgrado en Derecho Tributario Internacional y Europeo. Dirección: Dra. Esperanza Buitrago).




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad