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Madrid, 25 ene (EFE).- El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad presentado por la ex fiscal general del Estado Dolores Delgado contra la sentencia que anuló su promoción a fiscal de Sala en un auto en el que pone de manifiesto el "carácter francamente irrespetuoso" de algunas expresiones usadas por la recurrente.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el escrito de Delgado contra la sentencia del pasado 21 de noviembre que anuló el Real Decreto por el que fue promovida a la máxima categoría de la carrera fiscal y se la nombró fiscal de Sala de la Fiscalía togada del Tribunal Supremo.

Lo hizo por un recurso de Luis Rueda, que era teniente fiscal del Tribunal de Cuentas, al apreciar "desviación de poder" en la propuesta que hizo el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a quien obligó a plantear otra candidatura.

Delgado, que fue ministra de Justicia entre 2018 y 2020 y fiscal general del Estado entre 2020 y 2022, fue nombrada el 16 de junio de 2023 fiscal de Sala de la Fiscalía de Derechos Humanos y Memoria Democrática, nombramiento que también está recurrido.

El Supremo desestima el incidente de nulidad de actuaciones presentado por Delgado, que comparó su caso con el del coronel Diego Pérez de los Cobos, en el que el tribunal no apreció una desviación de poder.

"Dejando al margen el carácter francamente irrespetuoso de algunas de las expresiones empleadas en el escrito por el que se promueve este incidente de nulidad de actuaciones, la verdad es que ninguna de las alegadas vulneraciones de derechos fundamentales puede sostenerse", zanja el auto.

El Supremo expone que en la desviación de poder "es absolutamente crucial el dato probatorio; es decir, que resulte claramente establecido que la finalidad buscada por la Administración fue una distinta de la que el ordenamiento atribuye a la potestad administrativa ejercida".

En el caso de Delgado fue "absolutamente diáfano e incontestable" porque el fiscal general expuso en el Consejo Fiscal que "quien ha sido fiscal general no debería retornar a la carrera fiscal en una categoría inferior a la más alta, es decir, la de fiscal de Sala", algo que no prevé el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Por contra, en el de De los Cobos, "no lo era".

Tampoco aprecia que se haya vulnerado el derecho fundamental de Delgado a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, porque el hecho de que un acto administrativo cumpla todos los requisitos legalmente exigidos "no lo inmuniza de posible desviación de poder"




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