- Contrato de compraventa, justificante Itv, publicidad contractual, facturas de carburante, son solo algunos de los documentos que serán de utilidad para poder reclamar
.Acabamos de conocer un nuevo escándalo en la manipulación de emisiones contaminantes. En esta ocasión, la compañía afectada es la japonesa Mitsubishi, quien ya ha reconocido que falsearon las cifras de emisiones de, al menos, 625.000 vehículos, afectando de manera directa a la marca Nissan, cliente de la compañía automovilística japonesa.
Como expertos en este tipo de escándalos que perjudican masivamente a los ciudadanos, ante estas nuevas informaciones y al igual que hicimos en el caso Volkswagen, desde Legálitas aconsejamos a los propietarios de vehículos Nissan y Mitsubishi que actúen al respecto, recopilando una serie de documentos que en un futuro pueden ser necesarios si resultasen ser afectados por este nuevo escándalo en las emisiones contaminantes.
A la espera de una postura oficial de la marca, entre los documentos a recopilar se encuentran: el contrato de compraventa del vehículo, los folletos publicitarios e informativos entregados en el momento de realizar la compra, los justificantes de ITV, revisiones y reparaciones que hubiera pasado ya el vehículo, así como los peritajes ya efectuados que se pudieran disponer. Si Mitsubishi o Nissan se pusieran en contacto con los propietarios de vehículos de estas marcas, es fundamental que guarden todas las comunicaciones, pues servirán de prueba en un futuro proceso de reclamación. Igualmente, se recomienda conservar también cualquier documento relativo a reparaciones que hayan tenido o tengan que efectuar en el vehículo, además de realizar desde ahora mismo un control del consumo de carburante, documentando con pruebas si es posible el combustible que recarguen.
Recordemos que las consecuencias de ser uno de los afectados implica que nuestro vehículo pudiera llegar a tener un valor inferior una vez modificado, por ejemplo, por pérdida de potencia; el coste del carburante podría ser mayor si se le instalase un nuevo sistema de control de emisiones; deberíamos volver a pasar la ITV si se modificasen las características del vehículo,; podríamos tener un mayor coste en parquímetros en ciudades como Madrid en las que el precio varía en función de las emisiones contaminantes del coche; e incluso llevar el coche a que nos cambien el sistema nos podría ocasionar una serie de gastos, como el transporte alternativo durante el tiempo que la reparación del vehículo dure.
Hasta el momento, desde Legálitas recomendamos no realizar ninguna acción, ni reparar, sin antes consultar con un abogado experto, pues al igual que ocurre en el “Caso Volkswagen”, esta acción puede suponer una pérdida de derechos para los afectados, pudiendo condicionar el derecho a reclamar de los afectados.
Legálitas cuenta con la experiencia que supone asesorar a los 10.000 propietarios de vehículos Volkswagen que se han sumado a la plataforma gratuita de afectados, desde la que ya hemos iniciado las acciones judiciales oportunas, presentando demandas en nombre de un millar de afectados, que se elevarán a 3.000 en las próximas semanas.
La situación se repite, siendo una vez más de gran impacto a nivel legal, habida cuenta de la importancia que tiene garantizar el derecho de los consumidores a conocer, antes de comprar, el consumo del combustible que puede tener su vehículo, así como el nivel de emisiones contaminantes, en particular de CO2, para que de esta forma pueda elegir libremente el tipo de vehículo que adquiere, que además debe estar, dentro de los niveles de emisión permitidos conforme a la normativa.
En este sentido, conviene tener en cuenta lo dispuesto en la Directiva 1999/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, relativa a la información sobre el consumo de combustible y sobre las emisiones de CO2 facilitada al consumidor al comercializar turismos nuevos, en el derecho español viene traspuesta en el Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español.