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  • España, entre los países europeos que menos uso hacen de este derecho recogido en la directiva europea antimorosidad
  • El 57% de las compañías sigue aceptando plazos de pago superiores a aquellos con los que se sienten cómodas, un 15% más que hace un año

Tras nueve años de la puesta en marcha de la modificación de la Ley de lucha contra la morosidad, el 57% de las empresas españolas sigue aceptando plazos de pago más largos a los establecidos inicialmente, según Informe Europeo de Pagos, elaborado por Intrum, compañía líder en gestión y prevención de impagos.

Este hábito, que se ha incrementado 15 puntos en el último año (42%), viene motivado, en muchos casos, por la falta de conocimiento de la directiva europea antimorosidad, que fija un límite de pago de 60 días para empresas y 30 para las administraciones públicas.

Sin embargo, el desconocimiento normativo no afecta solo a los plazos de pago, también a la aplicación de los derechos que otorga. Según refleja este informe, en el que han participado más de 12.000 empresas de 29 países de Europa, solo el 19% de las empresas españolas hace uso del derecho de aplicar intereses de demora a las facturas impagadas, un 14% menos que el promedio europeo (33%).

Concretamente, España se sitúa entre los once países europeos que menos uso hacen de este derecho recogido en la directiva europea antimorosidad. Según esta, los acreedores con facturas impagadas pueden reclamar 40 euros a su proveedor a modo de indemnización por la gestión del cobro de la deuda.

A nivel europeo, España se encuentra casi al mismo nivel que Finlandia en lo que a utilización de recargos se refiere si se tienen en cuenta tanto a las empresas que siempre aplican el recargo, como a aquellas que lo hacen en algunas ocasiones. Así, España supera ligeramente a países nórdicos como Suecia o Noruega, donde tan solo el 15 y 14% de sus empresas suma un recargo de 40 euros a las facturas impagadas.

Por contra, en nuestro país vecino, Portugal, 4 de cada 10 empresas aplican este interés, siguiendo el ejemplo de alemanes (44%), franceses (47%) o italianos (55%). Estos últimos, son los que más uso realizan de este punto de la directiva europea, solo por debajo de los suizos, con un 58% de empresas que imputan intereses de demora a las facturas pendientes.

Las compañías manchegas, entre las que más recargos aplican a las facturas impagadas

Aunque son muchas las empresas españolas que dicen estar familiarizadas con la directiva europea antimorosidad, concretamente un 40%, según el Informe Europeo de Pagos, solo el 5% incorpora siempre el recargo de 40 euros, y un 14% lo hace en algunas ocasiones.

Por regiones, las empresas manchegas son las que más recargos imputan a las facturas impagadas, superando tanto la media española (19%), como la europea (33%); pues 4 de cada 10 empresas reconocen haber tomado esta decisión en alguna ocasión.

Seguidamente se sitúan las compañías de Andalucía, donde un 33% de las encuestadas asegura haber aplicado alguna vez esta medida; opción por la que también optan el 30% de las empresas vascas y el 26% de las aragonesas.

Situación diferente es la que se observa en regiones como Madrid. Una comunidad en la que las pérdidas por impago de las compañías ascendieron al 1,9% de sus ingresos anuales y, aun así, solo el 14% de las organizaciones penalizan a sus proveedores por los retrasos en los pagos, el mismo porcentaje que en Cataluña.




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