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  • El servicio de Expediente de Nacionalidad por Residencia ha incorporado el formulario de jura, lo que permitirá agilizar los trámites y evitar una personación del declarante. Mediante el formulario de jura, quienes adquieren la nacionalidad española se comprometen (juran o prometen) a acatar la Constitución y la legislación vigente.

Es un trámite que puede hacerse de manera electrónica, cuando se tramite el expediente por internet, pero también se puede realizar de forma presencial.

El servicio de Expediente de Nacionalidad por residencia permite a los abogados gestionar la nacionalidad por residencia de sus clientes. Este servicio surge de un Convenio firmado entre el Consejo General de la Abogacía Española y el Ministerio de Justicia.

Los Colegios de Abogados deberán adherirse al Convenio para que sus colegiados puedan utilizar esta plataforma. Hasta el momento, 40 Colegios se han adherido al mismo, de los que 27 ya han habilitado los recursos necesarios para poder ofrecerlo a sus colegiados. En total, se han gestionado ya 10.000 expedientes a través de esta plataforma.

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