El acusado de haber prendido fuego a un colchón en el portal de un inmueble del Casco Viejo de Pamplona el 18 de diciembre de 2018 ha sido absuelto del delito de incendio debido a la enajenación mental que sufre y, por este motivo, el tribunal le ha impuesto como medida de seguridad un tratamiento médico, que en el caso de que sea un internamiento cerrado tendrá una duración máxima de 12 años.
Al comienzo del juicio, celebrado el pasado día 2 en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, el Ministerio Fiscal y la defensa del procesado llegaron a un acuerdo para dictar una sentencia de conformidad. El inculpado, V. A. P. B., de 47 años, deberá indemnizar a la comunidad de propietarios de la Calle San Lorenzo nº 8 de la capital navarra con 9.291,29 euros por los daños causados en el portal. De igual forma, también tendrá que abonar 35 euros a un vecino por las lesiones originadas y 108,90 € por los desperfectos ocasionados en un local comercial situado en la bajera del inmueble.
Los hechos se produjeron sobre la medianoche del 18 de diciembre, cuando el encausado tocó el timbre de una vecina que le ayudaba económicamente y facilitándole algo de comida de forma ocasional.
La vecina abrió la puerta de su domicilio y le dijo que se fuera de inmediato y que no volviera más, ante lo cual el procesado le espetó: “Más vale que no me has tirado la cerveza, que si no...”
El acusado bajó al rellano del portal, a donde pocos minutos después llevó un colchón de 1,80 por 0,80 metros y, “de forma intencionada”, le prendió fuego con un mechero. Acto seguido se originó un incendio que comportó “un peligro para la vida e integridad física de las personas que residían en el inmueble”. Fue necesaria la intervención de los bomberos para sofocar las llamas.
Tras originar el fuego, se marchó del lugar. Fue identificado sobre las 2.20 horas por agentes de la Policía Municipal en la plaza de los Burgos. Tenía en su poder el mechero utilizado.
Una conducta irracional y desproporcionada
A consecuencia de estos hechos, un vecino resultó intoxicado por el humo y se produjeron daños tanto en el portal como en el citado local comercial.
Respecto a la imputabilidad del procesado, los médicos forenses señalaron en su informe que “lo irracional, desmotivado y desproporcionado de su conducta” reflejan que estaba “motivada por un cuadro psicótico por filiar. Este cuadro sería de suficiente entidad como para anular sus capacidades intelectivas y volitivas para los hechos enjuiciados”.
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