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  • La mercantil, defendida por Unive Abogados, ha obtenido sentencia estimatoria por las acciones del Popular y Banco Santander (como sucesor de Banco Popular) deberá restituirle 60.000 euros invertidos en la ampliación de capital de 2016.
  • Además, como viene siendo habitual, la sentencia obliga al banco a pagar las costas causadas por el procedimiento, por lo que la entidad también abonará los gastos de abogado y procurador asumidos por la empresa, cuando la sentencia devenga firmeza.

La sentencia acertadamente centra el objeto del procedimiento “en la autenticidad de la información contractual sobre la solvencia de la entidad titular de las acciones al ser ofertadas para su suscripción por cuanto, como se desprende del conjunto de la demanda presentada, por los demandantes se sostiene que la inveracidad de los datos contables y financieros publicitados determinó su decisión de suscripción de los valores al aparentar una notable solvencia en el emisor, que sin embargo no era tal”. 

El Juzgador sostiene que “la mala gestión llevada a cabo por los responsables de Banco Popular, en distintos ámbitos ha sido causa motivadora de la posterior resolución de la entidad en 2017”, y prosigue afirmando que “una manifestación de dicha mala gestión radica en trasladar al mercado unas cuentas, que como hemos dicho, no reflejaban la imagen fiel de la compañía”. Y es que la información financiera contable ofrecida por el Popular “resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los beneficios y las pérdidas; por tanto, se vulneró la legislación expuesta del Mercado de Valores”.

Así, el Magistrado estima íntegramente la demanda y condena en costas a Banco Santander, por lo que la empresa recuperará su inversión más los intereses legales, merece la pena destacar la agilidad del procedimiento, pues la demanda se interpuso el 7 de noviembre de 2019 y la sentencia se ha dictado con fecha 1 de junio de 2020, teniendo en cuenta la situación que estamos atravesando provocada por la COVID-19, y el gran volumen de trabajo que actualmente hay en los Juzgados, nos sorprende, para bien, la celeridad con la que se ha resuelto el asunto.

Para aquellos que todavía no se hayan decidido por iniciar su reclamación, Unive Abogados recuerda que el plazo que marca la Ley del Mercado de Valores para reclamar los daños y perjuicios sufridos de las acciones adquiridas en bolsa precluye el 28 de agosto, y puesto que parece que la actividad judicial está volviendo poco a poco a la normalidad, conviene iniciar los trámites a la mayor brevedad,




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