La condenada reconoció durante el juicio que entre el 1 de diciembre de 2017 y el 30 de diciembre del mismo año utilizó ilícitamente y en su total y personal provecho la tarjeta bancaria de Ramona, aprovechándose de que trabajaba en su domicilio como empleada del hogar y, por tanto, existía una relación de confianza entre ambas, y, además, que ésta última padecía problemas visuales. Mediante diversas extracciones en cajeros automáticos, Yovanna se hizo con 6.150 euros, que pertenecían a Ramona.
Yovanna ha aceptado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la Acusación Particular, por lo que esta resolución ha alcanzado firmeza y contra ella no cabe la interposición de recurso alguno.
Por otra parte, el fallo de la resolución recoge que se suspende la ejecución de la pena de prisión impuesta a la condenada con la condición de que no vuelva a cometer un nuevo delito y abone la correspondiente indemnización a su víctima.
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