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Madrid, 23 mar (EFE).- El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado íntegramente la ley educativa conocida como Ley Celaá, que establece que no se podrá concertar con los centros educativos que segreguen al alumnado por sexo.

Fuentes jurídicas han informado de que la corte de garantías ha decidido que se elabore una nueva ponencia, conforme al criterio de la mayoría, que desestime íntegramente el recurso de Vox, por lo que esta doctrina será de aplicación al del PP, que es posterior.

La nueva ponencia será llevada a un Pleno en las próximas semanas, por el mismo ponente, el magistrado conservador Ricardo Enríquez, una vez que se ha rechazado por seis a cuatro su borrador inicial, que avalaba la norma aunque planteaba declarar inconstitucional dos aspectos de la misma.

Sus dos objeciones se relacionaban con denegar las ayudas públicas a aquellos centros privados que separan a los estudiantes por sexo y, además, cuestionaba que la ley solo obliga a la administración a tomar en consideración la voluntad de las familias de estudiantes con necesidades especiales, cuando estas quieran educarlos en centros ordinarios.

Y como ya sucedió con la ponencia del conservador Enrique Arnaldo sobre el aborto, que avalaba la norma con dos objeciones, tampoco esas dos excepciones de Enríquez han sido aceptadas por la mayoría progresista, si bien en a diferencia del primero, el ponente sí que asumirá redactar una nueva sentencia que avale íntegramente la ley.

La conocida como ley Celaá incluye como puntos más polémicos que el castellano deja de ser lengua vehicular en la enseñanza, que en el plazo de 10 años los centros ordinarios tengan los medios para escolarizar al alumnado de los centros de Educación Especial o que las administraciones darán suelo público gratis solo para construir centros públicos y no concertados.

Los alumnos pasarán de curso cuando el equipo docente lo considere y también con una o dos materias suspensas. Repetir es excepcional y el alumno solo podrá hacerlo dos veces como máximo a lo largo de Primaria y Secundaria. Igualmente, no permite financiar con fondos públicos los centros que segreguen a los alumnos por sexo.

Vox solicitaba la nulidad de los apartados sobre la educación concertada, la educación especial y la lengua castellana al entender que la "única lengua vehicular que va a quedar es la que decida la comunidad autónoma respectiva".

Mientras que el recurso del PP impugna 16 de sus artículos y dos disposiciones adicionales por entender que vulnera el derecho de elección de enseñanza de los padres, discrimina a la concertada, a la especial y a la educación por sexos, y "no garantiza" que el castellano sea lengua vehicular en todo el país.

Con la decisión de este jueves, se da por cumplida la ambiciosa hoja de ruta del presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, que quería resolver antes de la Semana Santa los tres asuntos de mayor relevancia social en el tribunal: la ley del aborto de 2010, la ley de la eutanasia y la ley educativa conocida como "ley Celaá".

No obstante, las ponencias del aborto y la ley educativa están a la espera de su aprobación definitiva en los próximos plenos una vez que el Pleno ha encargado a los ponentes que se desestimen los recursos del PP y Vox, respectivamente.




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