San Sebastián, 10 feb (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha reconocido el derecho de un hombre divorciado a recuperar parte del dinero de una indemnización personal que recibió tras un accidente de tráfico y que invirtió en la compra de un piso, un garaje y un coche de los que disfrutó junto a su esposa mientras el matrimonio, en régimen de gananciales, estuvo en vigor.
Según la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso Efe, el hombre, representado en esta causa por la letrada Beatriz Rodríguez Aparicio, había recibido casi 230.000 euros como compensación por las lesiones sufridas en un siniestro de circulación, una suma de dinero "privativa" del esposo pero que en parte invirtió en "la adquisición de bienes" para el matrimonio, residente en Gipuzkoa.
La resolución explica que, tras el divorcio, se suscitó una "controversia" entre los cónyuges respecto a "varias partidas del activo y del pasivo" de los bienes gananciales a repartir, entre las que se encontraban la citada vivienda, el garaje y el coche.
Tanto el juzgado encargado del caso en un primer momento, como la Audiencia de Gipuzkoa después fallaron inicialmente en favor de los intereses de la esposa porque, según argumentaron, cuando compró los bienes, el marido no dejó constancia de que se reservara su derecho a "reembolso" del dinero "privativo" que estaba utilizando para adquirirlos.
No obstante, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Tribunal Supremo revoca ahora esta decisión ya que, según su propia doctrina, "la atribución del carácter ganancial al bien no convierte en ganancial al dinero empleado para su adquisición".
Con carácter general, el TS reconoce además el derecho de reembolso del dinero invertido en la adquisición de un bien ganancial "aunque no se hubiera hecho reserva alguna en el momento de su adquisición".
Por este motivo, el alto tribunal reconoce ahora el derecho del esposo al "reembolso" del dinero correspondiente al empleado en la adquisición de los citados bienes gananciales, pues el "criterio" de las resoluciones anteriores para "excluir" al marido de este derecho no fue "correcto"
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