Tal declaración de guerra constituye una violación del artículo 5.1 d) del Estatuto de Roma y, por tanto, una agresión contra la comunidad internacional.
La Abogacía, garante de los derechos de las personas, debe ofrecer la asistencia y defensa jurídica a los ciudadanos ucranianos desplazados.
Por ello, la Junta de Gobierno del ICAB, a través de sus Comisiones del Turno de Oficio, Extranjería, Internacional, Penal Internacional y DDHH y el Grupo de la Abogacía Joven, pone en marcha el Proyecto “UKRAINIAN POPULATION ASSISTANCE”.
LAS ACCIONES QUE SE LLEVARÁN A CABO MEDIANTE ESTE PROYECTO SON:
1º Asistencia letrada y asesoramiento gratuito a las Personas Desplazadas de Ucrania a la ciudad de Barcelona o a cualquiera de las Delegaciones del ICAB.
2º Colaboración y seguimiento en la derivación a los Servicios Sociales de Organismos Públicos y ONGs de la población ucraniana desplazada.
3º Realización y difusión de una “Guía básica de urgencia de Asistencia de Desplazados”.
4º Difusión Jurídica entre el colectivo ucraniano, ONGs y organismos dedicados a la asistencia de la población desplazada de Ucrania, dando a conocer las normas internacionales de protección internacional, de derecho humanitario y Justicia Penal Internacional, para que las víctimas puedan reclamar sus derechos.
5º Seguimiento de las acciones derivadas de la Asistencia en el Proyecto “UKRAINIAN POPULATION ASSISTANCE” y de la efectividad de las acciones planteadas, tanto de protección internacional, como de asistencia letrada y los elementos de justicia internacional.
Para poder atender todas las peticiones, se creará el correo icab.ucrania@icab.cat
No hay comentarios.