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La nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid, en tramitación ante su Asamblea Regional, prevé entre otros aspectos polémicos una regulación propia de la atención farmacéutica domiciliaria y a centros sociosanitarios, así como la salida de los medicamentos veterinarios del circuito farmacéutico y la caducidad de la autorización para los nuevos profesionales que se incorporen a esta actividad.

Respecto a la primera controversia, hay que recordar que mediante Auto de 8 de enero de 2019 (recurso nº 2244/2018) la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el Recurso de Casación interpuesto por el Servicio Andaluz de Salud contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de  21 de diciembre de 2017 que declaró la nulidad de pleno derecho del Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 512/2015, de 29 de diciembre, de prestación farmacéutica en los centros sociosanitarios, cuya regulación era similar en muchos términos a la hoy contenida en el proyecto de nueva Ley de Farmacia que se discute en la Asamblea Regional de Madrid.

El propio Tribual Supremo fundamenta esta decisión en la necesidad de establecer un criterio uniforme en la interpretación de las regulaciones autonómicas sobre las condiciones de dispensación de medicamentos que conforman la prestación farmacéutica en los centros sociosanitarios que, conforme a lo indicado en el artículo 6.1 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, vayan adaptándose en lo sucesivo. De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se pronunciará y sentará doctrina sobre “si la competencia autonómica sobre ordenación farmacéutica incluye el establecimiento de las condiciones de prescripción, dispensación y suministro de los medicamentos y de los productos sanitarios, incluidos en la prestación farmacéutica, en los centros sociosanitarios residenciales”.

En esta situación y ante la inacción del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, denunciada en incontables ocasiones por un gran número de colegiados gravemente preocupados por las restricciones que la nueva Ley conllevará para la profesión y la atención farmacéutica de calidad en la región, se ha solicitado la colaboración de Gaona Abogados, despacho con amplia experiencia en la defensa de las oficinas de farmacia que prestan sus servicios a centros sociosanitarios y residenciales.

Desde luego, no parece prudente desde el punto de vista político, ni adecuado desde el punto de vista de una correcta técnica legislativa, que la Comunidad de Madrid apruebe una regulación propia sobre un ámbito material cuya atribución competencial está siendo enjuiciada actualmente por el Tribunal Supremo, pudiendo una eventual sentencia desestimatoria del Recurso de Casación planteado por la Junta de Andalucía abrir los cauces para la declaración de inconstitucionalidad de todas las normas autonómicas que regulen esta materia con infracción de las competencias exclusivas del Estado.

Por todo ello, tras vanos intentos para que las instituciones competentes les escuchen, varias asociaciones profesionales de farmacéuticos, con el asesoramiento y asistencia de Gaona Abogados, han solicitado que se paralice la tramitación de la nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid a la espera de que el Tribunal Supremo siente una doctrina jurisprudencial que aclare las actuales dudas sobre el modelo de atención farmacéutica a centros sociosanitarios, el cual ha de permanecer ligado a la oficina de farmacia como garantía de calidad e igualdad para todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud.




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