GAONA Abogacía y Consultoría
- Con el fin de fomentar la internacionalización, Gaona Abogados asesora a emprendedores y empresarios acerca de cómo gestionar la implantación de una empresa en el país andino, uno de los estados con más potencial de Latinoamérica
Según las últimas estimaciones presentadas durante el mes de julio por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), Perú crecerá este año a un ritmo del 3,9%, posicionándose como la segunda economía con más crecimiento en América del Sur.
Ante este anuncio, que mejora las previsiones de crecimiento para el país andino, Gaona Abogados destaca la oportunidad de negocio que supone para las empresas españolas esta región de Sudamérica con gran potencial y atractivo para las inversiones. Por este motivo, el despacho ha desarrollado una serie de consejos para acercar las cuestiones jurídicas relativas a la gestión de implantación de una empresa en Perú a todos los emprendedores y empresarios que decidan dar el paso de internacionalizarse e instalarse en la zona.
1.- Lo primero que se debe realizar es la elección el tipo de Sociedad Comercial que se va a constituir. En el ordenamiento jurídico legal peruano se contemplan los tipos societarios como son la Empresa de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C), Sociedad Anónima Abierta (S.A.A), entre otras. El más similar a la Sociedad de Responsabilidad Civil del ordenamiento jurídico español es la S.A.C. (Sociedad Anónima Cerrada)
2.- La constitución de las empresas se inicia con la redacción de una Minuta de Constitución de empresa o mediante el acto constitutivo de una sociedad. La Minuta de Constitución es el documento privado que contiene la voluntad de las partes de constituir una empresa. En la misma se detalla el tipo de sociedad que se elige, las generales de ley de los socios o accionistas y se señala el estatuto social. El Estatuto Social debe contener, además de los datos de los socios o accionistas, el importe del Capital social de la empresa, así como las medidas y disposiciones de administración de la empresa o sociedad.
Debemos resaltar que los extranjeros, amén de ser socios, podrán ejercer cargos en la administración de las empresas, como apoderados o formando parte del consejo directivo. No obstante, la Ley exige que el gerente general, administrador único de España, ha de ser domiciliado en el Perú. Si es extranjero ha de ser residente y contar con el preceptivo carné de extranjería. Este requisito dificulta la implantación de las empresas ya que difícilmente tienen personal de confianza al inicio de sus actividades profesionales en el País, por lo que suele ser habitual que dicho cargo lo ostenten Abogados que consigan la confianza de sus clientes, al menos hasta que la empresa tenga dentro del personal laboral alguno que cuente con su confianza.
3.- Es necesario llevar esta Minuta de Constitución ante el Notario Público. Éste se encarga de elevarla a Escritura Pública y le da la formalidad de documento público y/o instrumento público. La Escritura Pública debe ser suscrita por los socios o accionistas.
4.- Posterior a la firma de la Escritura Pública de Constitución, el Notario se encarga de expedir el Parte Notarial de Inscripción de la sociedad. Éste se ingresa a la Superintendencia Nacional De Los Registros Públicos (SUNARP), en el Registro de Personas Jurídicas (equivalente al Registro Mercantil en España), ya sea en el Registro de Sociedades para las sociedades anónimas cerradas, abiertas, sociedad comercial de responsabilidad limitada; o en el registro de empresa individual de responsabilidad limitada. En la SUNARP se obtiene un asiento registral de inscripción de la empresa como persona jurídica y da origen a la partida única registral de la empresa, la cual consta de 8 dígitos numéricos.
5.- A continuación, es necesario obtener un Registro Único del Contribuyente (R.U.C.) en la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT, equivalente a la Hacienda en España). Esta entidad entrega un certificado con respecto a la inscripción en el Registro Único del Contribuyente.
6.- Después, hay que solicitar la autorización de planillas de pago por parte de la autoridad administrativa de trabajo, en el caso de que se tenga trabajadores a cargo.
7.- Tras este paso es necesario registrar a los trabajadores dependientes ante ESSALUD (el Seguro Social de Salud).
8.- Una vez realizado el paso anterior se tramita una autorización o permiso especial ante el sector correspondiente según el giro del negocio. Por ejemplo, si se dedica al sector minero hay que dirigirse al Ministerio de Energía y Minas o, en el caso de gestionar restaurantes, al Mincetur.
9.- Una vez realizado este trámite hay que solicitar la licencia de funcionamiento del local ante la Municipalidad donde se encuentra ubicada la actividad empresarial. La municipalidad otorga un permiso para el desarrollo de las actividades empresariales.
10.- Por último, hay que legalizar los libros contables. Esta legalización se realiza ante un notario público en la primera hoja útil del libro contable.