El Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Zaragoza ha ordenado el desahucio de un hijo de 40 años que había sido demandado por sus progenitores para que abandonara el domicilio donde reside con ellos.
El fallo pone fin a años de convivencia “insostenible” en la que los padres habían recibido maltrato psicológico por parte del hijo, según Carmen Sánchez Herrero, letrada defensora de los padres.
La abogada afirma que los padres no querían ir a la vía penal ni ponerle orden de alejamiento. “Para ello, he ejercitado la acción de desahucio precario, argumentando que estaba viviendo en la casa sin tener título habilitante para ello ni realizar el pago de renta alguna. Con el Derecho Foral Aragonés, los padres tienen la obligación de alimentos con los hijos hasta los 26 años máximo”.
“El hombre tiene trabajo estable y es económicamente solvente, lo que le permite adquirir una vivienda en la que residir”, añade. “El hijo estaba en rebeldía profesional, ni vino al juicio ni contestó a la demanda, lo que ha obligado a la magistrada a pronunciarse sin conocer su opinión”, manifiesta Sánchez.
La letrada explica que la sentencia condena al hijo a dejar libre el domicilio de sus progenitores bajo lanzamiento si no lo abandona en plazo legal. “Le puedo pedir ejecución de la sentencia en el plazo de diez días y fecha de salida. Si no abandona la vivienda por sus propios medios, una comisión del juzgado se personará junto con un cerrajero para poner punto y final a la demanda”, indica.
Para la abogada, este ejemplo sirve para ayudar a muchas familias que se sientan identificadas, que tengan un “nini” en casa y que no conozcan este mecanismo legal. “Es una forma de ayudarles a que se independicen y que aprendan a ganarse la vida, que no sean tan dependientes”.
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