El Colegio de Abogados de Madrid, a través de la sección de Derecho de la Unión Europea e Internacional, organizó anoche un debate sobre el arbitraje internacional en sus parcelas tanto comercial como de inversiones, centrándose en especial en esta última, en entredicho tras la sentencia del tribunal Europeo Achmea vs Tribunal de Justicia.
Para ello, contó con una mesa compuesta por el decano, José María Alonso, que presentó el acto; la presidenta de la sección, Sandra Gándara, encargada de moderar el debate; y las ponencias de Santiago Martínez-Lage, presidente de Martínez Lage, Allendesalazar & Brokelmann, y de José Carlos Fernández Rozas, catedrático de Derecho Internacional privado de la Universidad Complutense de Madrid.
Alonso reiteró el compromiso de la institución para “hacer que la voz de la abogacía sea oída en cualquier proceso de creación o modificación legislativa”, destacando la importancia de las secciones para la consecución de esta meta, al ser “la fuente de la que tienen que surgir las ideas”. El decano madrileño también resaltó el arbitraje como método esencial para la resolución de conflictos: "cuando hay contratación internacional el arbitraje no es una opción, es una necesidad, pues no hay fuero judicial internacional al que puedan someterse las partes", sostuvo.
Como punto de partida, Martínez-Lage explicó someramente los tipos de arbitraje (comercial, de inversiones, de consumo y administrativo) y sus principales diferencias. En el primer caso, el arbitraje comercial, la disputa se da “entre iguales, entre empresas que se someten en virtud de una cláusula contractual”. El segundo caso, el de inversiones, se prevé para Estados en el marco de una contratación con un inversor de otro país, y viene estipulado en tratados y acuerdos internacionales. En los dos tipos restantes, una de las partes goza de especial protección arbitral (v. g. los consumidores) y se diferencian en que el último se proporciona en instituciones de la Administración, aunque el ponente “duda de que este caso sea auténtico arbitraje”.
Precisamente, aunque el abogado insistió en que “con la contribución de algunos medios de comunicación, parece trascender que Europa es contraria al arbitraje, pero nada más lejos de la realidad”, el mismo ponente explicó que tras la precitada sentencia del TJUE, “parece haberse optado por sustituir el arbitraje de inversiones por un sistema o tribunal nombrado por los Estados”, algo que Martínez-Lage consideró erróneo pues “en la esencia del arbitraje está que sean designados por las partes, que gocen de su confianza. Esto cumplirá el requisito de especialización, pero el de independencia lo dudo", declaró, pues, para el ponente, “la voluntad igual y simétrica de las partes” debe ser la base del sistema.
Fernández por su parte explicó la evolución, tanto normativa como procesal, a lo largo de lo cual destacó la “Convención Europea de Arbitraje Internacional, un instrumento que hay que tener cerca, del que forman parte países no estados miembros como Cuba, y que ha venido a suplir lagunas de la normativa nacional”, explicó.
Interpelado por el Brexit y sus posibles consecuencias, el catedrático se mostró tranquilo “no va a pasar absolutamente nada”, reconoció Fernández, “pues el arbitraje internacional y la UE son dos mundos diferentes. El arbitraje está dominado por las grandes firmas de abogados que son quiénes establecen las reglas y escogen la sede, quizá se favorezca en algo la sede de París, pero en esencia todo seguirá igual”, apuntó.
Finalmente, como clave para potenciar una Corte de Arbitraje en Madrid, Martínez-Lage parangonó la eficacia de los laudos arbitrales en Francia, “donde se han anulado, en toda la nación, 2 o 3”, con la situación en España, donde, de acuerdo al letrado, “sólo el TSJ de Madrid anula 6-7 al año, y así es difícil convencer a los ejercientes sobre la utilidad de una Corte de Arbitraje en la ciudad”, concluyó.
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