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La Dirección de Comunicación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha recibido numerosas preguntas en relación con la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional alemán el 5 de mayo de 2020 referente al programa PSPP [Programa de Compras del Sector Público] del Banco Central Europeo (BCE).

Los Servicios de la Institución nunca hacen comentarios sobre las sentencias de un órgano jurisdiccional nacional

En general, la Dirección General de Comunicación recuerda que, conforme a reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia, una sentencia dictada con carácter prejudicial por este Tribunal vincula al juez nacional para la resolución del litigio principal.

Con el fin de garantizar una aplicación uniforme del Derecho de la Unión, el Tribunal de Justicia, creado a tal fin por los Estados miembros, es el único competente para declarar que un acto de una institución de la Unión es contrario al Derecho de la Unión. Las divergencias entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en cuanto a la validez de dichos actos pueden llegar a comprometer la unidad del ordenamiento jurídico de la Unión y perjudicar la seguridad jurídica.

Al igual que otras autoridades de los Estados miembros, los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a garantizar el pleno efecto del Derecho de la Unión. Solo así puede garantizarse la igualdad de los Estados miembros en la Unión creada por ellos.

La Institución, concluye en su comunicado, se abstendrá de cualquier otra comunicación sobre este tema.




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