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  • La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra Estonia, Grecia, Lituania, Luxemburgo, Hungría y Portugal mediante el envío de cartas de emplazamiento por no transponer adecuadamente la normativa de la UE sobre la asistencia letrada y sobre el derecho de comunicación en el momento de la detención (Directiva 2013/48/UE).

La Directiva es parte del marco jurídico de la UE sobre normas mínimas comunes para juicios justos que garantizan una protección suficiente de los derechos de los sospechosos y acusados. La Comisión Europea considera que algunas de las medidas nacionales de transposición notificadas por los seis Estados miembros no cumplen los requisitos de la Directiva. En particular, esto incluye posibles excepciones al derecho a la asistencia por un abogado, así como excepciones al derecho a que se informe a un tercero en caso de privación de libertad. También se han identificado cuestiones relativas a las condiciones en las que puede renunciarse al derecho a la asistencia de letrado y al derecho de asistencia de letrado en el Estado miembro emisor de una orden de detención europea.

Los seis Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias a fin de subsanar las deficiencias constatadas por la Comisión. De no hacerlo, la Comisión podría decidir llevar el procedimiento de infracción a la siguiente fase enviando un dictamen motivado.




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