- En primer lugar, la Comisión ha publicado una Comunicación, en la que se expone un número limitado de medidas de emergencia en ámbitos prioritarios que podrían aplicarse si no se llega a un acuerdo con el Reino Unido. Esta comunicación completa una anterior, publicada el 19 de julio de 2018.
- En segundo lugar, el Colegio de Comisarios ha adoptado dos propuestas legislativas para modificar la legislación vigente de la UE en el ámbito de los visados y la eficiencia energética para tener en cuenta la retirada del Reino Unido. Estas adaptaciones legislativas específicas son necesarias, con independencia del resultado de las negociaciones de retirada.
- En tercer lugar, se ha publicado una nota que proporciona amplia información sobre los cambios que afectarán, en caso de no llegar a un acuerdo, a las personas que viajen entre la UE y el Reino Unido, y viceversa, después del 29 de marzo de 2019, así como a las empresas que presten servicios en relación con dichos viajes. Esta nota incluye información sobre cuestiones como controles fronterizos y controles aduaneros, permisos de conducción y pasaportes para animales de compañía, entre otros.
Si bien la Comisión Europea está trabajando intensamente para alcanzar un acuerdo y sigue dando prioridad a los ciudadanos en las negociaciones, la retirada del Reino Unido dará lugar, sin duda, a ciertas perturbaciones que las medidas de contingencia no podrán resolver totalmente; por ejemplo en las cadenas de suministro de las empresas, independientemente de que se alcance o no un acuerdo. En caso de que no llegar a un acuerdo, estas perturbaciones serán aún más importantes y el ritmo de los preparativos habrá de acelerarse de forma significativa. Excepcionalmente pueden ser necesarias medidas de emergencia en zonas bien delimitadas con el fin de proteger los intereses y la integridad de la UE.
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