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  • El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que modifica el Reglamento Penitenciario (Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero) para facilitar a los reclusos el ejercicio de sus derechos y su comunicación con el exterior de los establecimientos penitenciarios por medio de sistemas tecnológicos y telemáticos.

La nueva norma, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, prevé que derechos de los internos reconocidos en la legislación penitenciaria como al trabajo remunerado, a formular peticiones y reclamaciones, a relacionarse con el mundo exterior o a recibir información sobre su situación procesal, entre otros, puedan ejercerse a través de herramientas telemáticas, en función de las posibilidades materiales de cada centro penitenciario y con respeto a los principios vigentes en materia de seguridad digital y protección de datos.

La reforma contempla también que las comunicaciones a que tienen derecho los internos puedan realizarse por medio de estos sistemas (videoconferencias) y modifica la frecuencia y duración de las mismas, que pasan a ser de un mínimo de cinco llamadas por semana con una duración mínima de cinco minutos cada una, valores que en el Reglamento vigente eran umbrales máximos.

Además, el real decreto abre la posibilidad de que las normas de régimen interior de cada centro penitenciario regulen el uso del ordenador y de otros materiales informáticos como los dispositivos externos de almacenamiento de información y la conexión a las distintas redes de comunicación.

Por último, el real decreto crea el nuevo Premio Nacional Concepción Arenal al Periodismo Penitenciario, sin dotación económica, que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias convocará y otorgará cada año para distinguir la labor periodística que, por su relevancia, trascendencia y calidad, contribuya de manera significativa a dar a conocer en la sociedad el medio penitenciario.




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