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La autorización de residencia para profesionales altamente cualificados se encuentra regulada en el artículo 71 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Dicha Ley fue aprobada para facilitar los trámites para la concesión de visados y autorizaciones de residencia y, de esta forma, promover la inversión y el talento.

¿Cuáles son los supuestos para acceder a la referida autorización?

La empresa que necesite contratar a profesionales extranjeros que se encuentren incluidos en los siguientes supuestos:

  • Personal directivo o altamente cualificado, siempre que la empresa cumpla con alguno de los siguientes requisitos:
    • Un promedio superior a 250 trabajadores en plantilla durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
    • Un volumen de cifra neta anual de negocios superior a 50 millones de euros o un volumen de fondos propios o patrimonio neto superior a 43 millones de euros, en España.
    • Una inversión bruta media anual del exterior y no inferior a 1 millón de euros en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
    • Que disponga de un valor de stock inversor o posición superiores a 3 millones euros según el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
    • Que disponga de un informe emitido por la Dirección General de Comercial Internacional e Inversiones que haga constar que dicha empresa pertenece a un sector considerado estratégico. Dicho informe será válido por 3 años, renovables, y la empresa quedará inscrita en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos pero tendrá la obligación de comunicar a dicho organismo cualquier modificación de sus condiciones en un plazo de 30 días desde que se produzca la modificación. En caso que no realice dicha comunicación, la empresa dejará de estar inscrita en el citado registro.
  • Personal directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto empresarial considerado de interés general por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones. Para determinar si un proyecto empresarial es de interés general, se tendrá en cuenta la creación de puestos de trabajo, el mantenimiento del empleo, así como si dicho proyecto tiene un impacto socioeconómico de relevancia, es de interés para la política comercial y de inversión de España o si es innovador desde el punto de vista científico o tecnológico.
  • Graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados?

La solicitud debe ser presentada por la empresa, con independencia que el extranjero se encuentre legalmente en España o se encuentre fuera de España.

El procedimiento se resuelve en un plazo máximo de 20 días hábiles, transcurridos los cuales sin ninguna respuesta se entenderá que la solicitud se ha estimado por silencio administrativo.

En el caso que el extranjero se encuentre dentro de España, una vez se obtiene la resolución favorable, éste debe acudir a la Comisaría de Policía para solicitar la expedición de la TIE (tarjeta de residencia). Por otro lado, si se encuentra fuera de España, el extranjero deberá solicitar el correspondiente visado en el Consulado de España de su país de residencia y, tras haber entrado en España, deberá acudir también a la Comisaría de Policía para la expedición de su TIE.

Los familiares del profesional altamente cualificado podrán solicitar la autorización para familiares de manera simultánea con la del profesional o con posterioridad, siempre que acrediten la relación familiar con el profesional altamente cualificado. La referida autorización para familiares da derecho a trabajar y no sólo a residir.

Por último, es importante tener en cuenta que la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados se encuentra vinculada con la empresa con la que ha presentado la solicitud. En el momento que cause baja en la citada empresa, deberá comunicar dicha circunstancia a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en el plazo de 30 días desde la referida baja. Además, deberá solicitar una nueva autorización para profesionales altamente cualificados o modificar la misma a otro tipo de autorización, siempre y cuando reúna los correspondientes requisitos.

 




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