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Las resoluciones de las autoridades de la Competencia en relación con los Consejos y Colegios Profesionales, soslayan a menudo, el reconocimiento de las funciones  públicas que las leyes atribuyen a las Corporaciones colegiales, que lo son de derecho público.

Los Colegios tienen como función la colaboración con las Administraciones, y como fin la garantía de la buena práctica profesional. Actúan pues, en defensa de los derechos de los clientes y pacientes, que como ciudadanos, deben recibir los servicios profesionales de la mayor calidad posible, con las mayores garantías, pensando en su salud y seguridad, así como en otros bienes y derechos dignos de protección.

Unión Profesional pone de manifiesto que los Consejos y Colegios Profesionales están siendo objeto de algunos informes y resoluciones en los que se contempla su actuación como si su actividad (y la de los profesionales colegiados) fuese exclusivamente un negocio de carácter mercantil, en el que ganar dinero fuera la única finalidad. Por el contrario, los profesionales y sus Colegios tienen la obligación deontológica y legal, tienen la misión, de hacer lo necesario para servir y proteger a los ciudadanos y usuarios en general, y en particular informar sobre las ofertas publicitarias que eventualmente supongan baja calidad y poca o ninguna profesionalidad, con las consecuencias negativas que de ello se deriva.

Las autoridades de la Competencia, en algún caso, han aplicado sanciones con unas cantidades disparatadas basadas en supuestos beneficios económicos del colectivo profesional afectado, representado por el Colegio Profesional, lo que además de no responder a la realidad, resulta absolutamente desproporcionado.

Asimismo Unión Profesional recuerda, que estas resoluciones no son definitivas, puesto que pueden ser recurridas ante los Tribunales.

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