Investiga posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos o prácticas concertadas, fijación de precios e intercambio de información comercial sensible Afectarían especialmente a las licitaciones de los contratos de la Administración Pública para realizar campañas de publicidad
CNMC. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha incoado expediente sancionador contra Carat España, S.A.U., Media Sapiens Spain, S.L., Persuade Comunicación, S.A., Inteligencia y Media, S.A. y Media by Design Spain, S.A. por posibles prácticas restrictivas de la competencia, consistentes en acuerdos o prácticas concertadas entre las empresas para el reparto, la fijación de precios u otras condiciones comerciales, y el intercambio de información comercial sensible en el mercado de servicios de intermediación publicitaria en España.
Estas prácticas se investigan especialmente en relación con las licitaciones de contratos basados en el Acuerdo Marco para la materialización de las campañas de publicidad institucional de la Administración General del Estado (AM 50/2014).
La investigación se ha iniciado tras una consulta de la Junta de Contratación Centralizada del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre la licitación del citado Acuerdo Marco y la posterior evaluación de la Dirección de Competencia sobre su implementación.
A la vista de la información inicial disponible, la Dirección de Competencia de la CNMC considera que existen indicios racionales de la comisión, por parte de Carat España, S.A.U., Media Sapiens Spain, S.L., Persuade Comunicación, S.A., Inteligencia y Media, S.A. y Media by Design Spain, S.A, de una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por conductas restrictivas de la competencia, que pueden suponer la distorsión de la competencia efectiva, especialmente en las licitaciones de los contratos basados en el Acuerdo Marco 50/2014.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.
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