Todavía no me dedico al Derecho de Familia. ¡Quizás en un futuro! ¡Quizás al nuevo Derecho de Familia! No soy un abogado de familia. Solo soy un padre y un esposo.
Hace tiempo que sigo con una cierta curiosidad las novedades jurisprudenciales sobre divorcios, custodia compartida, uso de la vivienda, pensiones compensatorias, modificación de circunstancias, pago de gastos extraordinarios, viajes de estudios..., en fin, los múltiples elementos que se dilucidan en los más diversos escenarios de crisis matrimoniales.
--- El “viejo” Derecho de Familia: las sentencias del Tribunal Supremo.
En los últimos meses, solo, el Tribunal Supremo ha llegado a pronunciarse sobre cuestiones de lo más variopinto. Desde la eficacia en España de una sentencia firme de divorcio dictada por tribunales moldavos y respecto a cónyuges moldavos residentes en España (STS de 26 noviembre 2015); a la posible división de la vivienda familiar, en dos plantas, para atribución al padre del piso inferior más pequeño al llegar la hija a la mayoría de edad, y con el objeto de vender o alquilar dicho inmueble, por ej. (STS de 27 octubre 2015); pasando por la pretensión de modificación de la guardia y custodia adoptada en origen, de mutuo acuerdo, con base en el cambio de residencia del progenitor custodio (STS de 10 septiembre 2015); o llegando a cuestiones sobre la atribución de vivienda a uno de los cónyuges, en ausencia de hijos, identificando el interés más necesitado de protección, o la fijación de una pensión por desequilibrio (STS de 23 junio 2015).
¿Son estas sentencias necesarias? ¿Son las largas batallas judiciales que han llegado hasta aquí la solución para las crisis matrimoniales?
Por supuesto, la trascendencia del derecho a la tutela judicial efectiva está fuera de cuestión, obviamente. La pregunta no se formula con la perspectiva del “Derecho”, sino con la perspectiva de la pareja que se ha roto.
¡Vamos a ver, fulanito! ¡Vamos a ver, fulanita! OK, han pasado casi siete años desde el divorcio, desde el acuerdo regulador, ¿y habéis tenido que llegar al Tribunal Supremo? Como sigáis así os habréis gastado más en psicólogos con la niña, y en abogados, de lo que vale el piso por el que discutiais. ¡Vale fulanita! ¡Vale fulanito! ¡Has ganado! ¡Fijate, el TS te ha dado la razón! ¿Y ahora qué? ¿Te vas a ir a brindar con champán y a regodearte con los amigotes, mientras dejas al niño con una au-pair?
En fin, ¡no quiero trivializar los graves conflictos y los enormes sufrimientos, o las trágicas crisis personales, que se manifiestan alrededor de la ruptura de una familia! Todo lo contrario, absolutamente lo contrario. Los graves conflictos personales, los sufrimientos, la rabia, la angustia, la inseguridad, la sensación de fracaso, el desengaño..., ¡nada de eso se va a arreglar en ningún juzgado, nunca!
El escenario es desolador. Te vas a divorciar; ya no soportas a tu pareja, o ella ya no te soporta a tí. O te ha engañado, o la has engañado. O ya no es el hombre que era, o ya no es la mujer que era. O nunca fue la mujer que tú pensabas o nunca fue el hombre que tú pensabas, o lo que sea...
¡Se acabó! Y esto, ¿como se hace?
Bien, vas a un abogado, ¡qué vas a hacer! Y te han recomendado a uno que “siempre va a por todas”, “que da mucha caña”. Y tú estás muy enfadada, muy enfadado: ¡vamos a machacarlo! ¡vamos a machacarla!
Y ya está, entras en la dinámica de la batalla judicial, ¡lo que haga falta para ganar y para machacar al adversario, al enemigo!
¡Tú ya sabes que así no vas a superar ninguno de los conflictos personales, que el sufrimiento, la rabia, van a ir a más! ¡Tú ya sabes que los niños lo van a pasar mal, muy mal! ¡Ellos ya saben lo que se avecina, ya han visto el desquicie de Marta, la compañera de 4ºA cuyos padres se han divorciado el año pasado!
Pero claro, ¿qué vas a hacer? ¡Esto es lo que se hace, no! Este es el único camino, ¿no?
Espera. ¿Y si no fuera el único camino? ¿Y si el Juzgado no fuese la única solución?
¿Y si los abogados no estuvieran ahí solo para conseguir una sentencia con la que atizarle a tu ex-pareja? ¿Y si hubiese abogados que abordasen este morrocotudo conflicto con otra perspectiva? ¿Y si hubiese abogados que supiesen que la mejor sentencia del mundo, la más favorable, no te va a devolver la felicidad, que no va a llevar la paz a tu nueva vida? ¿Y si hubiese abogados preparados para lidiar con tu rabia y tus ganas de venganza, y ayudarte a transitar del “pasado horrible para enterrar y olvidar” a un “futuro esperanzador por construir”?
La sentencia no es la llave para tu nueva vida, ¡y lo sabes!
--- El Derecho de Familia nuevo: ¡apoyando a las familias que se transforman!
Conozco a Asier Lopez de Gereño, a Alkain Oribe y a Jose Juan Orbe desde no hace demasiado. También sigo a Inmaculada Campos o a Carmen Aja. Unos en Bilbao, otras en Madrid. Me permito personalizar en ellos cinco (omitiendo muchos otros nombres) el nacimiento de un “nuevo Derecho de Familia” en España: ellos son los pioneros.
Unos en Madrid y otros en Bilbao han desarrollado los primeros procesos de divorcio colaborativo en España, hasta la implementación final con las sentencias que ratifican los convenios alcanzados en el marco del correspondiente proceso colaborativo.
Sí, existe en España un nuevo proceso extrajudicial para ayudar a las familias que se transforman a superar la situación de crisis personal, y a definir un modelo de relaciones futuro que encaje con los intereses objetivos de todos los interesados, en especial los hijos menores.
Los hijos menores son siempre los damnificados en cualquier batalla judicial de divorcio. Ya me podrán decir que “el interés del menor” es el principal; por supuesto que lo es, el interés jurídico del menor está archireiterado por todas las leyes y por todas las sentencias; pero el palo personal y la transformación amarga de la vida de ese menor no la arregla ningún Tribunal, no la ha arreglado nunca y nunca la arreglará. ¡Solo los padres, que siguen siéndolo, pueden evitar la pesadilla! Pero, ¡sí, qué bonito!, pero ¿como?
Y repito, sí, sí, existe en España un nuevo proceso extrajudicial para ayudar a las familias que se transforman. Y sí, existen ya abogados cualificados, entrenados, preparados, que manejan las técnicas personales y las reglas procedimentales para desarrollar el proceso de este “Nuevo Derecho de Familia”, con base en el “proceso colaborativo” y el “Derecho Colaborativo”.
Bien, ¡aquí viene la de “viejo zorro descreído”! ¡Vah..., venga...! ¿Colaborativo? ¿Abogados colaborativos?, ¡abogados bueniños, no!? Eso son cho..., digo, buenismos, sí, gente maja..., pero aquí solo funciona la guerra total, enseñar los dientes, morder...
¿Nuevo? Pero, ¡que se habrán creído estos! ¡Eso de negociar y buscar lo mejor para todos, eso siempre lo hemos hecho en el despacho...! Solo que la experiencia demuestra que siempre acabamos en el Juzgado, porque, no se puede..., no te puedes fiar de “esa perra” o de “ese perro”..., con lo que le ha hecho, con lo que me ha dicho, con el abogado killer que ha elegido...!
Bueno, pues lo vuelvo a repetir. Sí, sí y sí, existe en España un nuevo proceso extrajudicial para ayudar a las familias que se transforman, el “proceso colaborativo”.
--- Tú decides: el viejo pleito de toda la vida (y el Derecho de Familia viejo) o una oportunidad al proceso colaborativo (el nuevo Derecho de Familia)
Y no, no, y no: ¡no te voy a contar más del “proceso colaborativo” y del “Derecho Colaborativo”!
Solo te voy a decir algo que llevo repitiendo durante meses, desde que yo mismo, en mi área de empresa familiar, me he volcado en el aprendizaje e implementación del Derecho Colaborativo y en la promoción del “Movimiento Colaborativo” en España. Solo te voy a repetir mi pequeña reflexión de una tarde en la cafetería de una Universidad con un colega: ¡tus amigos se divorcian, tú eres abogado, llevas en esto toda la vida, y...!, ¿les deseas el calvario de años de pleito a cara de perro que les espera?; ¿les deseas un mutuo acuerdo “de rendición”, imposible con la complejidad de sus vidas, sus familias, sus necesidades y sus patrimonios?
¿No le debes a tu amigo el pequeño esfuerzo de explorar si tiene algo de sentido esto que decimos del “Derecho de Familia Nuevo”? ¿No le debes a tu amiga unos minutos curioseando para ver si 5000 abogados de todo el mundo, afiliados en torno a la IACP (International Academy of Collaborative Professionals) estamos completamente pirados, o si quizás, no estamos en absoluto desencaminados? ¿No le debes a tus sobrinos un mínimo chequeo de descarte, porque si esto funciona en el 90 por ciento de los casos en USA y Canadá, será que estos chicos de Madrid y de Bilbao no están haciendo experimentos, no?
Si respondes que “sí” a alguna de las anteriores preguntas..., ¡es muy fácil! Solo googlear un rato, o a tiro fijo (www.derechocolaborativo.es o www.adcmadrid.es). O busca en el Facebook a los precursores en “DivorcioColaborativo”. O léete algunas de las cosas que ya hemos publicado aquí y en otros portales. O curiosea un poco por las asociaciones internacionales (www.collaborativepractice.com) y los grupos de práctica por todo el mundo (www.massclc.org). O contacta y pregunta...
Un “Nuevo Derecho de Familia” está gestándose en España. Ya existe en el mundo, 25 años de éxito creciente. No será para todos; y aquí, como en todas partes, muchos se resistirán a darle paso, ya sabes, lo nuevo... Pero muchas familias que se transforman, divorcio por medio, podrán superar esa crisis de una forma más sana, cuidando los aspectos personales, atendiendo a todas las complejidades financieras, y con todas las garantías jurídicas de la mano de abogados especializados en Derecho de Familia (de toda la vida) y re-entrenados, re-programados, para este nuevo proceso de #DivorcioColaborativo. ¿Prefieres el “Viejo Derecho de Familia”? Bueno, ¡es tu decisión!