Carpeta de justicia

LawAndTrends



Las personas con discapacidad incluidas las que tienen discapacidad intelectual y enfermedad mental  tienen  derecho  a acceder, al igual que el resto de la población, a su sexualidad de forma sana y libre. Para poder tener ese acceso de forma libre debe emitirse el consentimiento por las partes que realizan los actos sexuales.

El consentimiento de las personas con discapacidad

Cuando una de esas de personas es una persona con discapacidad intelectual o/y enfermedad mental ese consentimiento difiere del resto de las personas que no tienen tal condición de persona con discapacidad. El consentimiento emitido por personas con discapacidad intelectual  es  complejo dilucidarlo. Es necesario disponer de conocimientos  que permitan emitir un juicio sobre el consentimiento lo más preciso posible, teniendo en cuenta que  se  puede emitir dicho  consentimiento para unas  decisiones determinadas  en la vida de esa persona de forma plena y eficaz  y tal vez no  pudiendo ser capaz de tomar otras relativas a otros aspectos distintos de su vida .

En estos casos en que el consentimiento para mantener relaciones sexuales no está claro será el Juez quién determine si la relación sexual es consentida o no. Para saberlo, en el caso de que  la persona sea persona con discapacidad o tenga enfermedad mental se pueden  utilizar a los facilitadores, que son personas que pueden ayudar a dejar claro si el consentimiento sexual fue libre o no, realizando un examen muy concreto la  presunta víctima  para obtener datos y poder desentrañar si el consentimiento fue emitido con libertad o no , ayudando  a  estructurar una serie de   apoyos adecuados a la persona en concreto en base a sus circunstancias para poder así obtener los datos que precisamos.

El discapacitado como víctima de delitos sexuales

Debemos tener en cuenta que las disposiciones penales vigentes en España no castigan todos los  encuentros sexuales entre una persona que puede mantener libremente relaciones sexuales  y otra persona  con discapacidad intelectual o enfermedad mental.

Nos encontramos con casos en que la víctima de delitos sexuales  tiene un grado de discapacidad tal  que cualquier contacto sexual  se considera no consentido por ser incapaz de prestar consentimiento de forma libre, deduciendo  que el sujeto activo  del delito sexual está aprovechándose de la discapacidad intelectual o enfermedad mental  de la víctima dado que no tiene noción de lo que es la sexualidad ni tampoco  de sus consecuencias, por tanto, no presta el consentimiento para realizarlas porque le es imposible dado su discapacidad que no le permite conocer en toda su amplitud lo que significa la sexualidad.

Otro caso distinto se da cuando la víctima de delito sexual tiene discapacidad intelectual leve donde tiene conocimiento sólo en parte  de lo que significa la sexualidad, con una idea muy difusa sobre las consecuencias de su práctica. En estos casos existe por parte de la persona que comete el delito sexual, el delincuente sexual,  una manipulación de la víctima  consistente en  amenazas o promesas, por tanto, es necesaria una valoración concreta de la víctima sobre el consentimiento que emite y en qué amplitud.  

Habrá que tener en cuenta una serie de cuestiones:

  • que la  persona debe tener conocimientos sobre la sexualidad en general para dar su consentimiento de forma libre  a cualquier  actividad sexual,
  • que la  persona entienda el comportamiento sexual humano,
  • que sepa  distinguir que  la sexualidad es  diferente al  cuidado o a  la higiene corporal o  a las revisiones  médicas,
  • que tenga conocimiento que mantener relaciones sexuales tiene consecuencias  como  el embarazo o las enfermedades de transmisión sexual o que no pueden mantenerse con cualquier persona.



Comentarios

  1. Helmuth Hernández

    Doctora Cordial saludo.conoci por tagged una mujer de 22años y tagged es una red de carácter sexual. hablamos por meses después por Facebook.nos vimos salimos y tuvimos relaciones.ella tenía una discapacidad cognitiva leve lo cual yo no sabía es más la mamá en medicina legal lo dijo.el caso es que tenemos ahora un hijo y en el tiempo de embarazó los papás me colocaron una denuncia . ahora tengo un proceso por acceso carnal abusivo en incapaz de resistir la relación fue con su consentimiento.y tengo vídeos de ella explicando todo.no se que hacer me robaron el niño y me quieren hacer condenar. aconsejarme por favor .ayudame.gracias

Ver comentarios anteriores

Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad