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  • La Sala condena a uno de los agresores a dos años y medio de cárcel por dejar casi tuerto al otro, y le obliga a abonar una indemnización de 72.000 euros.
  • El otro implicado deberá pagar una multa de 300 euros por lesiones leves

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado con penas que llegan a los dos años y medio de cárcel e indemnizaciones que alcanzan  los 72.000 euros a dos varones que se enzarzaron en una pelea durante el partido de fútbol en el que jugaban sus hijos. Como consecuencia de los golpes, uno de ellos sufrió lesiones que pueden “asimilarse a la pérdida de visión de un ojo”, dice el Tribunal. 

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a dos años y medio de cárcel por un delito de lesiones dolosas en concurso medial con un delito de lesiones imprudentes al agresor más violento de los dos, que además de la condena penal tendrá que indemnizar a la víctima con 72.161 euros. El fallo le prohíbe además acercarse al agredido o comunicarse con él durante cuatro años. 

En referencia al segundo implicado en la pelea, que causó a su contrincante daños de escasa entidad, el tribunal le impone una multa por valor de 300 euros como autor de un delito leve de lesiones y la obligación de abonar una indemnización de 245 euros. 

Los hechos, según relata el fallo, sucedieron el 14 de enero de 2017 en el campo de fútbol Pablo Hernández de Telde (Las Palmas) durante un partido de fútbol de menores de edad en el que jugaban los hijos de los dos acusados, y al que éstos asistían en calidad de espectadores. 

Los dos acusados se enzarzaron en una discusión  a raíz de que uno de ellos tuviera unas palabras con un empleado municipal del campo. Sobre las 19.00 horas, uno de ellos le propinó un cabezazo al otro, y este último reaccionó “propinándole tres tortas con la mano izquierda abierta, seguidas de un golpe con el puño derecho y múltiples golpes con el puño izquierdo dirigidos a la cara”, resalta la sentencia. 

El agredido en primera instancia sufrió como consecuencia del cabezazo una “contusión nasal con excoriación. El segundo “sufrió una perforación ocular con fractura de huesosa propios” que, dice la Sala, puede “asimilarse a la pérdida de visión de un ojo”. 

El fallo es susceptible de recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.




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