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  • La acusada solicitó la ejecución de sentencia de una pensión de alimentos para su hija cuando era conocedora de que su expareja no podría recibir la notificación del juzgado por tener prohibida la entrada a España

La Sección I de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha declarado responsable de un delito de estafa procesal, en grado de tentativa, a una mujer por solicitar la ejecución de sentencia de una pensión de alimentos para su hija cuando era conocedora de que su expareja no podría recibir la notificación del juzgado por tener prohibida la entrada a España. El tribunal le ha impuesto una pena de cárcel de ocho meses y multa de ocho euros diarios durante cuatro meses.

Por sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Zaragoza, en 2013 se otorgó la guardia y custodia de la hija menor de edad a la madre, fijando como pensión de alimentos a pagar por el padre la de 150 euros al mes.

Fue la abuela paterna de la niña la que hizo frente al pago de parte de la pensión fijada. Sin embargo, en 2015 la madre de la menor, manifestando que el padre no había realizado ningún ingreso, presentó demanda de ejecución de la sentencia por valor de 3.600 euros.

En Septiembre de 2015, el juzgado de Primera Instancia dictó orden de ejecución contra el padre por la referida cantidad más 1080 euros de intereses. Este auto no pudo notificarse al progenitor de la menor, puesto que se encontraba fuera de España, en paradero desconocido. Esta circunstancia era conocida por la madre, quien sabía de la prohibición de entrada al país que recaía sobre su ex pareja.




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