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  • El gasto medio por cada alumno es de 2.588 euros anuales, según la OCU

La vuelta al cole supone afrontar de golpe una serie de gastos importantes para muchas familias: libros de texto, transporte, enseñanza de idiomas, uniformes y demás material escolar.  De hecho, una encuesta de la OCU revela que el gasto anual medio por cada alumno es de 2.588 euros. Por eso, es interesante saber si nuestra Comunidad Autónoma nos da la posibilidad de beneficiarnos de deducciones a la hora de hacer la Declaración de la Renta.

“Las CCAA que actualmente disponen de deducciones fiscales relacionadas con los gastos escolares son Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla la Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana”, indica Melisa Sáez, abogada fiscalista de ARAG, compañía de Defensa Jurídica.

Cada una de ellas exige el cumplimiento de unos requisitos determinados. “Eso implica que, llegado el momento de presentar la declaración, deberemos comprobar qué cantidades y con qué límites podremos aplicar esta deducción”, explica Sáez. “Para eso es muy importante que guardemos todo tipo de justificantes que nos permitan acreditar el gasto asumido”.

Comunidades con mejores deducciones

Madrid permite la deducción del 15% de los gastos de escolaridad e idiomas y el 5% de los gastos de vestuario escolar. La abogada de ARAG indica que “el límite máximo de esta deducción es de 412,40 euros por hijo, que puede verse incrementado hasta llegar a 927,90 euros si incluye gastos de escolaridad y a 1.031 euros si cursan el primer ciclo de Educación Infantil”.

Castilla-La Mancha, por su parte, apuesta por permitir el 100% de deducción sobre el importe de los libros de texto y el 15% de los gastos en enseñanza de idiomas, refuerzo escolar, internet y residencia fuera del municipio. Sáez detalla que “la cuantía máxima de deducción dependerá de las rentas y la posible condición de familia numerosa”.

En la Comunidad Valenciana, en cambio, se pueden deducir 110 euros por cada hijo si la base liquidable total no supera los 30.000 euros en tributación individual o 47.000 en conjunta. En este caso se tienen en cuenta los ingresos de las familias.




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