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París, 23 ene (EFECOM).- Francia ha multado a Amazon con 32 millones de euros por aplicar un sistema de vigilancia de la actividad de los trabajadores de sus almacenes que se considera excesivo mediante los escáneres con los que gestionan los paquetes que tratan.

En un dictamen contra el gigante estadounidense del comercio electrónico publicado este martes, la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL) considera que "esos sistemas mantienen a los asalariados en una estrecha vigilancia para todas las tareas realizadas con escáneres y ejercen así una presión continua".

Este organismo público de supervisión justifica el monto de la multa, entre otras cosas por "el número importante" de trabajadores afectados, "varios miles" y por el hecho de que las obligaciones que se les impone con esa supervisión informática contribuye "directamente" a los beneficios de la empresa.

Además, le permite "beneficiarse de una ventaja competitiva respecto a las otras empresas del sector de la venta en línea".

En el fondo de este asunto está la gestión de la actividad de los empleados de los almacenes logísticos de Amazon mediante los escáneres con los que van equipados y que informa en tiempo real de las tareas que tienen asignadas.

La CNIL concluye que ese sistema de supervisión es "excesivo", en primer lugar por el carácter "ilegal" de una medida precisa de las interrupciones de la actividad, que lleva al trabajador a "deber potencialmente justificar cada pausa o interrupción".

También juzga "excesivo" el sistema de medida de la velocidad de utilización del escáner cuando se verifican los artículos, ya que Amazon se sirve de un indicador que ha sido escaneado en menos de 1,25 segundos después del precedente, sobre la base del principio de que un escaneo muy rápido aumenta el riesgo de error.

De forma más general, este organismo público de supervisión de los dispositivos informáticos de intromisión afirma que también es "excesivo" conservar durante 31 días todos los datos recopilados por el dispositivo y los indicadores estadísticos para los trabajadores, sean fijos o interinos.

La decisión de la CNIL puede ser objeto de recurso ante el Consejo de Estado en un plazo de dos meses. 




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