Madrid, 31 may (EFECOM).- El Ministerio de Consumo ha impuesto a cuatro aerolíneas -Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea- una multa de 150 millones de euros por cobrar a los pasajeros la maleta de cabina, tras las denuncias recibidas por distintas asociaciones de consumidores, ente ellas Facua, según ha adelantado la Cadena SER.
Se trata de la mayor sanción de Consumo en cualquier ámbito y, en el caso concreto de las aerolíneas, supera la más alta hasta la fecha impuesta por estas prácticas, que fue la de la comunidad autónoma de Baleares, por 24.000 euros.
No obstante, ni el Ministerio ni la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que aglutina el 85 % del tráfico aéreo en España y que ha rechazado "frontalmente" la decisión de Consumo por "desproporcionada", confirman las cuantías de las sanciones a cada una de las aerolíneas, que tampoco se pronuncian.
Además, según el presidente de ALA, Javier Gándara, se desconoce cuáles son realmente todas las aerolíneas afectadas porque no se sabe si absolutamente todas las que siguen esta práctica están o no incluidas en los expedientes.
De acuerdo con Facua, la multa más importante es la de Ryanair, seguida de la de Vueling, EasyJet y Volotea, aunque la entidad tampoco conoce las cifras exactas de cada una.
Fuentes del Ministerio de Consumo han confirmado a EFE que, en el verano de 2023, se abrieron expedientes a cuatro aerolíneas de bajo coste, ante las denuncias recibidas, para investigar prácticas consideradas abusivas.
Entre ellas, figuraba cobrar un suplemento por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes; falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio; cobrar un suplemento por el equipaje de mano de los pasajeros, y no permitir el pago en metálico en el aeropuerto por estos u otros servicios adicionales.
La fase de instrucción de los expedientes terminó a finales de marzo pasado y en ella se dio audiencia a las aerolíneas. Luego el expediente pasó a la Secretaría General de Consumo y Juego.
Recursos de alzada y vía judicial
ALA ha asegurado que la pretensión del Ministerio de prohibir el cobro de la maleta de cabina que realizan algunas compañías aéreas y de multar con cuantías desproporcionadas esta práctica "perjudicará a los consumidores, al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten".
En su opinión, de este modo, los cerca de 50 millones de pasajeros que hoy en día no llevan maleta de cabina a bordo y sólo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento no podrían beneficiarse de pagar sólo por los servicios indispensables, obligándoles a contratar otros que no utilizan.
El presidente de ALA ha subrayado en rueda de prensa que las sanciones aún no son firmes, ya que los expedientes están en proceso y cabe un recurso de alzada por las aerolíneas, que, de hecho, como ha avanzado Gándara, las recurrirán.
Ahora mismo, no se puede adelantar cuál va a ser el resultado y cuándo realmente las cosas podrían cambiar o no, porque hay un plazo que varía entre cada compañía, según las notificaciones, de un mes hasta aproximadamente mediados de junio para los recursos de alzada ; y luego el Ministerio tiene tres meses para resolverlos y, una vez lo haga, cabe la vía judicial.
Por tanto, de momento, no habrá ningún cambio en la política comercial de las aerolíneas afectadas y, además, una vez que la resolución sea firme, dependerá de la vía judicial que se haga y de la posible petición de medidas cautelares, ha apuntado.
Si finalmente se prohibiera de forma unilateral el cobro por equipaje de mano en cabina, ignorando la opinión de la Comisión Europea, España perdería competitividad respecto al resto de países de la UE, ha advertido.
Asimismo, a las aerolíneas no les quedaría más remedio que ajustar toda la curva tarifaria y, "desafortunadamente", esos 50 millones de pasajeros tendrían que empezar a pagar por servicios que no precisan, por lo que, a lo mejor, muchos de ellos elegirán viajar a otro país en vez de a España.
Organizaciones de consumidores celebran la sanción
Todas las organizaciones de consumidores, como Facua, OCU y CECU, han celebrado esta sanción histórica.
Facua ha valorado "este hito histórico" en la protección de los derechos de los consumidores, resaltando que "han sido casi seis años batallando para lograr que las autoridades actuasen contra unas prácticas por las que las aerolíneas vienen inflando ilícitamente sus beneficios y por fin lo hemos logrado”.
CECU ha recordado que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró ilegal el cobro por el equipaje de mano en 2014, avalando precisamente la ley española que prohíbe esta práctica; y el Tribunal Supremo consideró abusivo cobrar por la impresión de la tarjeta de embarque.
OCU ha celebrado que el Ministerio haya llegado a las mismas conclusiones que las denunciadas por la organización y espera que estas sanciones sirvan como ejemplo para otras autoridades europeas y otras compañías que lleven a cabo las mismas prácticas abusivas.
A su juicio, en la resolución, el Ministerio deja claro que, en base a la legislación vigente y la jurisprudencia que la interpreta, las compañías aéreas tienen derecho a determinar las medidas y pesos del equipaje de mano que puede llevarse a bordo, pero no por ello pueden cobrar ningún importe extra por ese equipaje.
Por su parte, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha considerado "pequeña" en cuantía la multa de 150 millones impuesta y ha manifestado que debería aumentarse el nivel de pena "a sabiendas" de la ley para elevarlos a delito penal.
En su opinión, es "una multa pequeña" ante "unos beneficios tan altos como tienen" estas compañías que, más allá de su carácter privado, tienen que cumplir unas normas públicas y no pueden hacer "abuso de mercado".
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