Los bancos financiaron masivamente la compra de semanas de multipropiedad mediante acuerdos con los vendedores hasta la crisis de 2008. Según abogadodemultipropiedad.com, esta circunstancia convierte a los que financiaron en responsables solidarios de la devolución de cantidades en demandas por nulidad de contratos de tiempo compartido. Con una media aproximada de 15.000 euros por compra, las condenas contra la banca por sentencias de nulidad de multipropiedad se pueden elevar a cantidades millonarias
“Los propietarios no lo saben, pero la gran mayoría de los contratos de multipropiedad que se firmaron en España después de la ley del 1998 son nulos de pleno derecho desde que el Tribunal Supremo sentara jurisprudencia en 2015. Y junto con la nulidad de los contratos de compraventa se da la de los préstamos vinculados a dicha compra”, asegura Álvaro Caballero, abogado a la cabeza del despacho Asesores y Consultores Asociados 2014 SL que atiende a afectados por la multipropiedad de toda España desde la web abogadodemultipropiedad.com como principal canal de información.
El precio medio de compra de una semana de multipropiedad se sitúa en torno a los 15.000 euros. Teniendo en cuenta que el más que agresivo marketing de estas ventas se basaba en la rapidez para que el comprador no tuviera tiempo de pensar, la financiación inmediata era un elemento esencial de la venta. Los compradores firmaron créditos que no habían solicitado personalmente en entidades bancarias de las que ni siquiera eran clientes. Eran préstamos preaprobados que se formalizaban en los siguientes días a la compraventa. Hasta que comenzó la crisis financiera, bancos y cajas concedieron miles de estos créditos y, ahora, los están teniendo que devolver con sus correspondientes intereses.
Devoluciones millonarias
Aunque los datos en lo referente al número real de afectados por el tiempo compartido son muy opacos, hay algunas cifras ofrecidas por el propio sector que se toman como referencia. La Asociación Nacional de Tiempo Compartido cifra en 715.000 las familias poseen una semana de multipropiedad en España.
“Hablamos de cantidades muy importantes, mucho más altas que en cualquier otra demanda civil relacionada con la banca”. “Sólo por poner un ejemplo: medio centenar de nuestros clientes van a recuperar casi un millón de euros en total”,afirma el letrado.
Causas de nulidad de contratos de multipropiedad
El 15 de enero de 2015 es la fecha clave para la jurisprudencia relacionada con la multipropiedad. Con dos sentencias, el Tribunal Supremo tumba la inmensa mayoría de contratos que se celebraron después de 5 de enero de 1999.
“Son dos sentencias que no dejan lugar a dudas. Todos los contratos posteriores a la entrada en vigor de la Ley 42/98 que tengan carácter indefinido (para toda la vida) o por los se transmitieron lo que se conoce como sistemas flotantes son nulos de pleno derecho”, afirma Caballero.
La nulidad de pleno derecho hace que no exista periodo de prescripción. Es decir, siempre que la compraventa sea posterior al 5 de enero de 1999, el tiempo transcurrido es indiferente.
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