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1. Derecho a la información asistencial 

El derecho principal es a la información, tanto sobre las alternativas de tratamiento existentes, como de los riesgos generales y específicos que conlleva el tratamiento elegido. Este derecho incluye el respeto a la decisión de no querer ser informado y a la revocación del consentimiento.

2. Derecho a la documentación sanitaria

El paciente tiene derecho a acceder a su historia clínica, la cual siempre ha de constar por escrito y debe ser realizada con un programa que permita conocer la fecha exacta de la realización de anotaciones. Este derecho puede ser realizado por representación, con la correspondiente autorización. Hay que recordar que la normativa de protección de datos protege especialmente los datos de salud, por lo que las clínicas y hospitales suelen establecer procedimientos rígidos para ejercitar este derecho de acceso, pero sin poder llegar a dificultarlo o denegarlo.

3. Derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos relativos a la salud

reclamador.es recuerda que los datos relativos a salud están especialmente protegidos, por lo que, los hospitales y clínicas han de velar para que no se produzcan accesos a estos datos sin previa autorización amparada por la Ley.

4. Derecho a voluntades anticipadas

Se debe respetar la voluntad del paciente incluso en los casos en los que existe riesgo vital o incapacidad para poder tomar decisiones sobre su salud, para lo cual se deben respetar las voluntades anticipadas del paciente.

5. Derecho a una segunda opinión médica

Para los casos de sanidad pública, cuando el paciente no esté conforme con el diagnóstico o tratamiento efectuado por el profesional asignado, tendrá derecho a solicitar una segunda opinión para que otro facultativo de ese mismo servicio valore su situación médica.

6. Derecho a la libre elección de médico

También en el ámbito de la sanidad pública, el paciente puede elegir libremente su médico de referencia en atención primaria y de médico y centro en el ámbito de atención especializada, como base de una adecuada relación médico- paciente.

7. Derecho a las prestaciones sanitarias

El ciudadano tiene derecho a que las prestaciones sanitarias le sean dispensadas dentro de unos plazos previamente definidos y conocidos, que serán establecidos reglamentariamente.

¿Cómo y dónde reclamar una negligencia médica?

El plazo para reclamar una negligencia médica es de 1 año desde que se conoce el alcance de las lesiones en el caso de la sanidad pública, y de 5 años en el caso de la privada.

reclamador.es indica que, independientemente de que haya sufrido la negligencia en un centro privado o público, lo primero que hay que conseguir es la historia clínica, con todas las pruebas diagnósticas. Una vez conseguida, debe ser valorada por un perito especializado en la materia, para determinar si existe responsabilidad. El perito también podrá determinar el alcance de los daños.



 




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