¿Tienes una seguro de vida? ¿has sufrido un accidente o enfermedad que te ha originado una incapacidad permanente? ¿Sabes que tu seguro podría cubrirte una indemnización seguro por incapacidad permanente total, parcial, absoluta o, incluso, la gran invalidez? Sigue leyendo este post en el que te contamos cómo reclamar al seguro las coberturas cubiertas en estas situaciones.
Los seguros de vida, además de cubrir el fallecimiento del tomador, suelen ir acompañados con cláusulas que cubren las situaciones de incapacidad permanente de la persona asegurada. Cuando se da esta situación y se reclama al seguro las compañías aseguradoras, en muchas ocasiones, buscan las fórmulas para rechazar el pago de los estipulado en el contrato de seguro de vida o de retrasar su pago. Una situación que genera una indefensión para el asegurado que va a tener que buscar asesoramiento especializado en abogados expertos en materia de seguros para poder cobrar las indemnizaciones a las que tiene derecho.
Coberturas del seguro de vida en supuestos de incapacidad
Los seguros de vida suelen incluir coberturas para situación de incapacidad permanente, es decir situaciones derivadas de una enfermedad o de un accidente que a consecuencia de sus secuelas impiden al asegurado desempeñar su trabajo habitual. Lo más normal es que las cláusulas del seguro contemplen la incapacidad absoluta y la incapacidad total, pero en otras muchas ocasiones los contratos incluyen la cobertura de otros grados de incapacidad como puede ser la incapacidad parcial y la gran invalidez.
Por ello, ante una situación de incapacidad es necesario leer las cláusulas del contrato de seguro de vida con todo detenimiento y, siempre, es recomendable acompañarse de un abogado especialista para que pueda hacer una correcta interpretación de las coberturas que cubre el contrato.
Reclamación al seguro
Para reclamar al seguro las indemnizaciones previstas en el contrato en caso de sufrir una incapacidad permanente se necesita:
- Confirmar que el contrato de seguro cubre la situación de incapacidad permanente o invalidez del asegurado
- Tener la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que determina la situación de incapacidad permanente y el grado de invalidez. Este documento es el que certifica de cara a la aseguradora la condición de la incapacidad permanente y la que justifica la reclamación del asegurado.
- Presentar la reclamación a la aseguradora junto con la documentación necesaria que justifique la situación del asegurado.
El tiempo para reclamar a la compañía aseguradora es de 5 años, pasado este tiempo las aseguradoras no están obligadas a su pago.
Cuantía de la indemnización
Los seguros suelen incluir una cantidad de capital destinada como indemnización para el supuesto incapacidad permanente y en cada una de sus situaciones. Su pago suele suponer la cancelación del seguro de vida.
Oposición de la compañía de seguros
Cuando la resolución de la seguridad social que establece la situación de incapacidad permanente señala que es revisable las compañías aseguradoras tienden a oponerse al pago de las coberturas de seguro al considerar que la situación no es definitiva. Los Tribunales de Justicia, atendiendo a los casos concretos, tienden a dar la razón a los asegurados. Son muchas las sentencias que consideran que, con independencia de lo que se dice en la resolución, la aseguradora tiene que abonar la indemnización establecida en el contrato de seguro de vida.
Asesoramiento legal
Si te encuentras en un supuesto como el que te hemos explicado hay que tener presente la conveniencia de contar con un asesoramiento legal experto. Los abogados especialistas en reclamaciones a las compañías aseguradoras te podrán indicar los derechos que te corresponden en función de lo que figure en el contrato de seguro de vida, las cuantías de la indemnización, los pasos a seguir y el acompañamiento, si fuera necesario, en una reclamación ante los tribunales de justicia.
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