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Madrid, 7 nov (EFECOM).- Los comercios no pueden cobrar más cuando sus clientes deciden pagar con tarjeta importes mínimos en sus compras y no está prohibido fijar un importe mínimo para este tipo de operaciones, según recuerda el Banco de España.

Uno de las argumentos que usan los comercios que establecen un pago mínimo es que éste permite reducir la cantidad de las comisiones bancarias por cada cobro.

Sin embargo, indica el organismo, las comisiones por operación son cada vez "más bajas" y el 84 % de los negocios ya no impone ninguna restricción para pagar por esta vía, mientras que el 16 % restante continúa con un pago mínimo de 11 euros de media.

En este sentido, el organismo ha explicado en su portal de cliente bancario que la normativa no especifica si se puede exigir un pago mínimo para efectuar los pagos con tarjeta, por tanto, no estaría prohibido.

De cara a proteger a los consumidores basta con que la tienda anuncie si aplica un mínimo de pago para las operaciones con tarjeta mediante carteles visibles al público, agrega la entidad.

En el caso de que el comercio luzca los logos de Visa o MasterCard, el contrato de afiliación a estos sistemas suele establecer sanciones al dueño del datáfono que actúe fijando límites mínimos al pago.

De este modo, las decisiones que toman los comercios no están impuestas por las entidades o los sistemas emisores de tarjetas.




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