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  • La firma Abencys señala alguno de  los efectos negativos que tendrá para las empresas en dificultades y para los juzgados el fin de la moratoria concursal, que concluye el próximo 30 de junio.
  • Javier Díaz-Gálvez, socio de Abencys, afirma que el fin de la moratoria supondrá que “lo que en principio fue una medida extraordinaria, que  fue  lógica y adoptada en la mayoría de los países de nuestro entorno, con el paso del tiempo, las sucesivas prórrogas y la no exigencia de ningún requisito para poder acogerse a éstas, se ha convertido en una medida que puede tener efectos contraproducentes para el futuro del tejido productivo español”.

La moratoria concursal vigente finaliza, salvo nueva  prórroga, el próximo 30 de junio. Con la fecha de caducidad acercándose,  ya se está empezando a especular por diversos colectivos  sobre la posibilidad de aplazar una vez más el final de esta prórroga extraordinaria. Desde el despacho Abencys, se prevé que, al finalizar esta medida se pueden acumular diversos factores que pueden afectar de manera singular a un gran colectivo de empresas.

Así,  al amparo de la conocida como “moratoria concursal”, desde que se declarase el estado de alarma en marzo de 2020 las empresas insolventes han estado dispensadas de presentar concurso de acreedores a pesar de que  legalmente obligadas a ello. Con el fin de la moratoria, y la no recuperación plena de nuestra economía, se prevé que sean numerosas  las compañías que acudan simultáneamente al concurso, muchas de ellas  ya empresas zombis, esto es, compañías  de facto inviables que han mantenido su actividad de forma artificial a causa de las medidas públicas de apoyo produciéndose así  una asignación ineficiente de recursos.

Ante esta situación, el despacho Abencys, mantiene su postura: lo que en principio fue una medida lógica y adoptada en la mayoría de los países de nuestro entorno, con el paso del tiempo, las sucesivas prórrogas y la no exigencia de ningún requisito para poder acogerse a éstas, se ha convertido en una medida con unos efectos contraproducentes para el futuro del tejido productivo español”.

A la vista del número de concursos presentados desde la entrada en vigor  de esta medida, es evidente que la moratoria concursal ha generado un efecto sedante en las empresas en dificultades, sumiéndolas en una falsa sensación de que la decisión sobre las medidas a adoptar para la supervivencia del negocio puede posponerse casi indefinidamente.

En esta línea, Javier Díaz-Gálvez, socio de Abencys, es consciente de que cuando una empresa entra en dificultades no es sencilla la puesta en marcha de medidas necesarias para posibilitar  su supervivencia, pero lamenta que “la moratoria concursal finalmente no  ha ayudado a este fin, sino más bien al  contrario, posponiendo artificialmente la solución al problema.

Muchas empresas en dificultades, que deberían haber afrontado ya medidas complejas pero necesarias para su supervivencia, han continuado operando en la misma situación  agravando su estado, y ahora con el fin de la moratoria, deberán enfrentarse a la realidad de su posiblemente, crítica  situación”.

Fin de la moratoria concursal: un posible colapso judicial

Pese a que durante el periodo de mora  han continuado solicitándose   concursos de acreedores, son muchas más las empresas y empresarios  que se han venido acogiendo  a las  sucesivas ampliaciones  de la moratoria concursal, retrasando así  la presentación de su  concurso al  tener cobertura legal para hacerlo.

Es por tanto previsible que tras el fin de la medida, todas las empresas y empresarios  afectados  con el  fin de tratar de  evitar responsabilidad de sus administradores  no van a tener otra opción que solicitar su concurso de acreedores durante los próximos meses,  por lo que   si a ese efecto sumamos el cambio de normativa que también se avecina en la regulación de los procedimientos concursales y la segunda oportunidad  se puede ocasionar  un verdadero colapso de los juzgados mercantiles  que no han visto reforzados sus medios en este periodo de mora . 




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