La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC), ha creado un grupo de trabajo para diseñar una batería de iniciativas, tanto procesales como materiales, ante el posible colapso judicial motivado por la crisis sanitaria del COVID-19. Estas propuestas ayudarán a aligerar los procedimientos de insolvencia y, sobre todo, a garantizar el futuro de las empresas viables que se encuentran ‘latentes’.
Este grupo, formado por los mayores expertos del sector, enviará a la Justicia y resto de poderes públicos lo antes posible estas medidas que les ayudarán a generar las iniciativas legislativas pertinentes, dotándolos de herramientas ágiles claves para superar esta complicada situación en sus juzgados.
Esta batería de propuestas presentadas por ASPAC, están dividas en medidas de carácter general para evitar la acumulación de concursos y medidas de carácter particular para agilizar la tramitación de concursos.
En lo que atañe a las medidas de carácter general, ASPAC propone, principalmente, que la totalidad del procedimiento concursal sea gestionado por Administradores Concursales altamente cualificados, descargando, de esta manera, el importante aumento de la carga de trabajo que sufrirán los juzgados.
Además, sugiere la simplificación de la solicitud de declaración de concurso mediante un formulario; la creación de juzgados de refuerzo en aquellas plazas donde el número de asuntos así lo requiera; propuesta de una vacatio legis para el Texto Refundido de la Ley Concursal de un año; la no computación de pérdidas generadas desde la promulgación del estado de alarma; o la prórroga del plazo para la obligación de solicitar el concurso voluntario hasta el mes de septiembre.
En relación con las medidas de carácter particular, la Asociación apuesta por la digitalización de todos los procesos. Para ello, las partes deberán contar con una dirección de correo electrónico a través de la cual recibirán notificaciones o aceptarán el cargo de Administrador Concursal. Asimismo, ASPAC propone la posibilidad de ordenar la finalización de la fase común y apertura de la fase de convenio o liquidación si las impugnaciones afectan a menos de un 30% del activo o del pasivo del concurso, prórroga automática de 6 meses del deber de pedir la liquidación ante el incumplimiento del convenio y/o aprobación automática de un Plan de Liquidación estandarizado por masas patrimoniales consensuado por el Juzgado.
Por otro lado, desde la Asociación destacan que se está apostando por la plena disposición de todos los medios que los Administradores Concursales puedan tener, con el fin de agilizar los expedientes.
Diego Comendador, presidente de ASPAC, señala: “Desde ASPAC venimos monitorizando la situación legislativa y la realidad económica desde los comienzos de esta crisis sanitaria. Estamos en permanente contacto con las autoridades trabajando en “el día después”, cuando surjan múltiples complicaciones y tareas para la reconstrucción de nuestro sistema de Derecho. Queremos anticiparnos a esa situación desde nuestro papel: gestión de crisis económicas e insolvencias empresariales. Queremos ser generadores de soluciones para las autoridades y profesionales del sector colaborando con la Justicia”.
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