Carpeta de justicia

LawAndTrends



La tecnología ha permitido a millones de personas poder teletrabajar durante unos complicados meses en los que el contacto presencial se ha limitado en lo posible para frenar la expansión de la pandemia de la COVID-19. Nuestros recursos tecnológicos nos han facilitado una comunicación rápida y frecuente para asuntos laborales, pero estas ventajas se pueden asimismo volver en nuestra contra si no se gestionan correctamente.

Si bien muchas personas ya trabajaban a distancia con anterioridad a la actual crisis sanitaria, muchas otras han comenzado a hacerlo recientemente y ello, unido a las demás dificultades que nos podemos encontrar debido a la situación de crisis, puede desembocar en menos horas de descanso y un malestar denominado como tecnoestrés laboral.

Una de las principales dificultades para el teletrabajo durante el estado de alarma, tal como constatan los abogados de Legálitas, ha sido poder compaginar la vida laboral con la familiar.

Por un lado, los niños y jóvenes se han visto obligados a continuar con su educación a distancia desde sus domicilios; por otro, además de supervisar las clases online de sus hijos, muchos padres desempeñan sus tareas laborales a lo largo de extensas horas, más allá de su jornada, debido a que el teletrabajo podría fomentar aspectos como la disponibilidad de los trabajadores durante el día, tanto para las personas con hijos como sin ellos, y la disipación de la vida laboral y personal.

Una nueva Ley Reguladora del Trabajo a Distancia

Durante estos meses, la irrupción masiva del teletrabajo en nuestras dinámicas laborales ha puesto en evidencia que esta modalidad no cuenta actualmente con una regulación exhaustiva en nuestro país.

Este es el motivo por el cual, y dado el gran número de personas en España que se han unido con gran rapidez al trabajo a distancia para poder continuar con sus labores normales durante el estado de alarma y el confinamiento en nuestros domicilios, el Gobierno ya ha adelantado la intención de proponer una nueva Ley Reguladora del Trabajo a Distancia.

Esta ley determinaría aspectos tales como en qué condiciones se debe realizar el trabajo a distancia, la regularización de los horarios y formas de registrar la jornada, materiales y recursos necesarios para llevar a cabo el teletrabajo y los derechos de los trabajadores relativos a poder distanciarse del trabajo fuera de su jornada, estrechamente relacionados con el derecho a la desconexión digital.

¿Tengo derecho a desconectar durante el teletrabajo?

Si bien esta mencionada ley no es aún una realidad, desde Legálitas recordamos que nuestra legislación sí contempla actualmente el derecho al descanso. Como trabajadores, disponemos de una serie de derechos que ponen un límite entre el trabajo y la vida privada, protegiendo nuestro descanso en el tiempo libre.

Asimismo, debemos recodar que el tiempo fuera de las funciones laborales se debe dedicar al descanso y a la recuperación, tanto física y como psicológica, tras las energías y el tiempo dedicado a prestar servicios durante la jornada.

Todo este contacto con la empresa y con el trabajo que se tengan durante las horas destinadas al descanso podría llegar a considerarse como una prestación de servicios, la cual sería perjudicial para que el empleado se recupere correctamente. Así, en el caso de un despido ser disciplinario por habernos negado a trabajar o no haber contestado fuera de horario, ese despido podría ser improcedente o nulo.

Por tanto, cuando se teletrabaja, como millones de personas actualmente, el no atender peticiones fuera del horario -para, por ejemplo, descansar, cuidar de los hijos, cocinar o salir a pasear- no supondría ningún incumplimiento de los deberes laborales.

No obstante, se debe tener en cuenta, asimismo, los posibles pactos de disponibilidad que ambas partes pudieran haber acordado, lo cual quiere decir que algunos puestos de trabajo, por definición, implican una mayor disponibilidad que otros.

En términos generales, no debe suponer ninguna obligación estar disponibles en todo momento y, al margen de una regulación más exhaustiva en cuanto al teletrabajo, siempre es recomendable atenerse a unos horarios, dentro de posibles flexibilidades laborales, que ayuden a no caer en un desgaste físico ni mental.

Tengo que supervisar a mis hijos, ya que no están acudiendo al colegio, pero debo teletrabajar al mismo tiempo. ¿Qué derechos tengo?

Como indica Amparo Iglesias, abogada de Legálitas, en estos momentos, los trabajadores que tienen hijos pueden tener serios problemas a la hora de acudir a los centros de trabajo a prestar sus servicios de manera presencial, ya que los centros educativos están cerrados y las restricciones de movilidad complican que los padres puedan acceder a la ayuda de familiares para cuidar a los menores cuando ellos están trabajando.

En este sentido y hasta que se apruebe una legislación en la materia que dé respuestas a los padres trabajadores, tenemos las siguientes opciones:

  • Solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
  • Solicitar una reducción de jornada por cuidado de un menor de 12 años para poder adaptar el horario y facilitar el cuidado de los hijos, con la consecuente reducción salarial proporcional.
  • Solicitar una excedencia por cuidado de menor de 3 años.
  • Solicitar una excedencia voluntaria.

Teniendo en cuenta que tanto la reducción de jornada como las excedencias implican un perjuicio en materia salarial y que en el caso de la excedencia voluntaria no existe reserva del puesto de trabajo, salvo que se pacte lo contrario, lo menos gravoso sería pactar con la empresa la continuidad del teletrabajo hasta que la normalidad se reestablezca.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad