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Bilbao, 10 mar (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha resuelto que el Instituto Nacional de la Seguridad Social discriminó a un padre por no pagarle correctamente en su pensión un complemento por maternidad y le ordena que lo abone y que le indemnice con 600 euros por los daños morales.

En una resolución fechada el 7 de marzo, la Sala de lo Social que preside Garbiñe Biurrun ha estimado el recurso de un hombre contra una sentencia de un juzgado de Vitoria de septiembre de 2021 que daba la razón entonces al INSS.

En 2018, el INSS resolvió conceder a ese hombre una pensión de jubilación por el 100 % de la base reguladora por un valor de unos 2.600 euros y en marzo de 2020 ese hombre solicitó un complemento de maternidad de 67,33 euros mensuales que le fue negado.

El interesado, padre de dos hijos nacidos en 1985 y 1992, recurrió esa negativa argumentando que se le había discriminado por razón de género y solicitó además una indemnización por daños morales generados.

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que establece el derecho de las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos a recibir un complemento en su pensión contributiva y el interesado recuerda la doctrina del Tribunal Supremo al respecto para solicitar ese pago.

Según el TSJPV, la conducta del INSS al negar ese complemento al recurrente "ha de calificarse de rebelde y sin justificación objetiva" ya que "no hace sino mantener la discriminación por razón de sexo", y por tanto, le obliga a pagar ese complemento desde 2018 cuando ese padre accedió a la prestación por jubilación y a abonar al recurrente 600 euros en concepto de daños morales




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