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Un jubilado, representado por Unive Abogados, ha logrado una importante victoria en su lucha por el reconocimiento del complemento por maternidad, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha confirmado su derecho a recibir este complemento en su pensión desde el 14 de abril de 2016, fecha de su jubilación.

A pesar de la oposición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que sostenía que el derecho había prescrito debido al transcurso de más de 5 años, el tribunal ha reafirmado que el complemento es imprescriptible, en virtud del artículo 212 de la LGSS. El resultado es que el cliente recuperará aproximadamente 19,776.06€ por retroactividad total, calculada desde la fecha de su jubilación hasta la fecha establecida por la sentencia de instancia. Esto se traduce en un aumento vitalicio del 10% en su pensión.

Ana Rojo, directora de Unive Abogados en Valencia, destacó que "esta decisión judicial refuerza la postura previamente adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, estableciendo un precedente claro para los tribunales de primera instancia en la comunidad valenciana". Asimismo, enfatizó que "en el contexto actual, solo aquellos que hacen valer su derecho legítimo a presentar reclamaciones pueden tener expectativas de acceder a este complemento".

Es fundamental tener en cuenta que, para solicitar el reconocimiento del complemento por maternidad en el contexto de las pensiones contributivas de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es necesario haber comenzado a recibir la prestación entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, además de ser padres de dos o más hijos. Además, es relevante señalar que para los hombres que comienzan a recibir una pensión contributiva a partir de febrero de 2021, podría haber una posible infracción de la normativa europea, ya que esta disposición dificulta injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres a partir del 4 de febrero de 2021, independientemente de si son padres de uno o más hijos.




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