Este verano está siendo movido para Iberia por las huelgas de su personal de tierra en los Aeropuertos de Barcelona-El Prat y Bilbao Loui. Pero no es la única compañía aérea que se ve o se verá afectada en los próximos días por los paros de su personal. Ryanair, también. Este mes de agosto, por ejemplo, son los tripulantes de cabina de pasajeros de Portugal quienes han convocado una huelga que durará hasta el día 25 del corriente. Y en España, se esperan 10 días de paros para el próximo mes de septiembre. Concretamente, los días 1, 2, 6, 8, 13, 15, 20, 22, 27 y 29 de septiembre.
Desde reclamador.es queremos dar a conocer que, de continuar esta situación y mantenerse los paros, Ryanair, o cualquier otra aerolínea que sufra una huelga de su propio personal, deberá avisar con 15 días, o más, de antelación de la cancelación de sus vuelos a los pasajeros afectados por la huelga. De no informar, o hacerlo con menos de 15 de antelación a la fecha prevista del vuelo -si este es cancelado-, la compañía aérea deberá compensar económicamente a sus pasajeros afectados, según el Reglamento 261.
Huelga Ryanair septiembre 2019
Dados los plazos con los que cuenta la compañía irlandesa, los viajeros que sufran una cancelación de vuelo los días 1 y 2 de septiembre tendrán derecho a solicitar una compensación económica de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia, salvo que el aviso se produzca con más de siete días de antelación -y menos de dos semanas- y Ryanair ofrezca transporte alternativo que permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar al destino final con menos de cuatro horas de retraso al vuelo original.
Si el aviso se produce con una antelación inferior a siete días, la única excepción recogida en el Reglamento 261 es que Ryanair facilite otro vuelo que salga con no más de una hora de antelación respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso.
Pero, además de lo anterior, los pasajeros afectados por una huelga del personal propio de la aerolínea, como en este caso de Ryanair, tienen derecho a solicitar a la aerolínea una indemnización por los gastos acreditables no reembolsables. Esto es, por ejemplo, las entradas a un concierto al que no se podrá asistir por la cancelación del vuelo adquirido.
Junto a lo ya mencionado, el viajero que sufre la cancelación de su vuelo tiene derecho al reembolso del precio del billete o bien a un transporte alternativo.
Consejo de reclamador.es a los viajeros afectados por las huelgas de personal de las aerolíneas
El principal consejo que a día de hoy podemos ofrecer desde reclamador.es a los afectados por las huelgas de personal de las aerolíneas es: siempre ponerse en manos de expertos que analicen la viabilidad de una reclamación frente a la compañía aérea.
De esta manera los viajeros que sufran un retraso superior a 3 horas o una cancelación verán siempre protegidos sus derechos como pasajeros aéreos. Pero no solo en los casos de retraso o cancelación de vuelo. También existe la posibilidad de conseguir una indemnización en caso de overbooking o problemas con el equipaje.
No lo dudes, si este verano sufres una incidencia con una aerolínea, consúltanos. Analizaremos si tu reclamación es viable y te diremos qué cantidad puedes reclamar. Con reclamador.es el proceso es 100% online, sin necesidad de desplazamientos y, además, solo cobramos si tú ganas.
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