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  • Novedades respecto a la reclamación de la cláusula suelo de la hipoteca: Comisión de seguimiento y Juzgados especializados.

Comisión de Seguimiento, Control y Evaluación

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea y regula la Comisión de Seguimiento, Control y Evaluación del mecanismo extrajudicial para la devolución de las cláusulas suelo indebidas. Esta norma desarrolla el Real Decreto Ley del 20 de enero de 2017, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, y regula la composición de la Comisión, las funciones que va a llevar a cabo y las obligaciones de información que tienen que asumir las entidades de crédito.

La Comisión de Seguimiento se va a encargar de recabar y evaluar la información que le traslade el Banco de España obtenida de las entidades de crédito. Publicará semestralmente un informe en el que se evaluará el grado de cumplimiento del mecanismo extrajudicial de reclamación de cláusula suelo.

Información a remitir por las entidades de crédito:

  1. Número de solicitudes presentadas, las que han terminado con acuerdo y las que no ha sido posible llegar a tal acuerdo, así como los motivos.
  2. Importe correspondiente a las solicitudes presentadas, las que han terminado con acuerdo y las que no ha sido posible llegar a tal acuerdo.
  3. Número e importe de las medidas compensatorias distintas de la devolución del efectivo.
  4. Informar sobre el sistema que haya implantado para garantizar la comunicación previa a los consumidores.

Asimismo, la Comisión podrá solicitar al Ministerio de Justicia información sobre procedimientos judiciales:

  • Composición
  • El subgobernador del Banco de España, que la presidirá
  • El secretario general técnico del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad;
  • Un representante del Ministerio de Justicia; un representante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad;
  • Un representante del Consejo de Consumidores y Usuarios; un representante del Consejo General de la Abogacía Española;
  • Un representante del Consejo General del Poder Judicial
  • Un representante de la Asociación Hipotecaria Española.

Juzgados especializados

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado la especialización de 54 juzgados de Primera Instancia (uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear) para los juicios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, es decir, entre otros, los que tratan de cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de constitución o hipotecas multidivisa.

Esta medida se iniciará para las demandas que se presenten a partir del próximo 1 de junio.




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